Hospital psiquiátrico de Culiacán no puede resguardar inimputables: Cuitláhuac

La semana antepasada un sujeto fue condenado a pasar 5 años internado en la unidad médica; no obstante, el secretario de Salud reveló que el psiquiátrico no cuenta con condiciones para albergar a este tipo de personas

Josemiguel Souza | El Sol de Sinaloa

  · martes 21 de noviembre de 2023

La renovación del psiquiátrico no servirá para albergar inimputables. Foto: Cortesía | Secretaría de Salud

Culiacán, Sin.- Luego de que Manuel "G" fuera declarado inimputable por el delito de abuso sexual, fue condenado a pasar 5 años internado en el Hospital Psiquiátrico de Culiacán. Sin embargo, el titular de la Secretaría de Salud, Cuitláhuac González Galindo, declaró que la unidad médica no cuenta con las condiciones para albergar a este tipo de pacientes.

El funcionario recordó que están planeando una remodelación al complejo de salud mental que permita brindar una mejor atención a los pacientes; los antecedentes indican que se proyecta una inversión de 7 millones de pesos.

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"El hospital ya está en su máxima capacidad; tenemos que invertir en más camas para atender a la población, no con el objetivo de atender pacientes con este tipo de características", dijo.

González Galindo dijo desconocer la sentencia dictada por el juez contra Manuel "G" y mencionó que en el estado no hay ningún lugar donde se puedan albergar a personas con estas características.

El caso

Fueron 5 años y 4 meses de internamiento los que se le dictaron al inimputable. Según el Código Penal del Estado de Sinaloa, se le considera de esta forma a "el agente que no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquella o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer enajenación mental, trastorno mental transitorio o desarrollo intelectual retardado, o cualquier otro estado mental que produzca los mismos efectos, excepto en los casos en que el propio agente haya provocado esa incapacidad.”

Esto se estipula en el artículo 26, fracción IX del Código Penal de Sinaloa. En la reciente sentencia se le dictó dicha sentencia al sujeto luego de que se le comprobara que tocó las partes íntimas de dos menores.

Los antecedentes indican que los hechos ocurrieron en el municipio de Mazatlán, en el domicilio de la abuela del niño y la niña que fueron víctimas del delito.

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