/ lunes 24 de febrero de 2020

Denuncia diputada, el gobernador veta reformas de ley

Entre ellas está la Ley de Salud del Estado votada el 17 de octubre pasado y debió haberlo publicado ocho días después

Culiacán, Sin.- El gobernador del estado está aplicando en los hechos el veto en algunos decretos como es el número 325 que contiene reformas y adiciones a la Ley de Salud del Estado de Sinaloa, transgrediendo a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, advirtió la diputada María de Jesús Rojo, por lo que la diputación permanente lo exhorta a cumplir la obligación constitucional que tiene de publicar los decretos que apruebe el Congreso del Estado.

En los hechos ha ejercido otra modalidad de veto que implica una transgresión a la Constitución sinaloense y una falta de respeto a este Poder Legislativo y al principio de colaboración entre poderes, pero sobre todo está impidiendo el fortalecimiento del derecho a la salud de las y los sinaloenses.

Rojo

Recordó que el decreto 325 se aprobó por unanimidad del pleno el 17 de octubre, y de acuerdo al artículo 46 constitucional, por no habérsele hecho alguna observación, el Ejecutivo del estado debió haberlo publicado dentro de los primeros ocho días útiles contados desde la fecha en que lo recibió.

La diputada de Morena explicó que el decreto 325 contiene un artículo 73 Bis que establece que la Secretaría de Salud se coordinará con las instituciones de educación y organismos de los sectores privados y social para el diseño y ejecución del Programa Estatal para la Prevención y Atención del Uso Nocivo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, a través de diversas acciones, como la prevención.

Agregó que otros artículos como el 93 Bis, 93 Bis 1, 93 Bis 2 y 93 Bis 3, contemplan el mandato para que en todo edificio público o privado donde se concentre un alto flujo de personas, se instalen desfibriladores automáticos externos.

Se reformó el artículo 99 para establecer que en los servicios públicos a la población en general que se presten en establecimientos públicos de Salud a los habitantes del estado de Sinaloa que así lo requieran, tendrán preferencia las personas pertenecientes a grupos sociales en situación de vulnerabilidad.

Los artículos adicionados, el 104 Bis y el 174 Bis, establecen que en los establecimientos para la atención médica del sector público, social o privado del Sistema Estatal de Salud deben existir y funcionar los Comités Hospitalarios de Investigación, Ética, Bioética, Bioseguridad y de Ética en Investigación.

ATORADO

Quirino Ordaz, como jefe del Ejecutivo, no ha publicado importantes decretos en materia de salud para que los sinaloenses tengan más garantías.

VETO

Parte de las facultades que tiene el gobernador del estado es poder vetar leyes aprobadas en el Congreso, pero de manera justificada, en este caso no se han presentado observaciones.


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Culiacán, Sin.- El gobernador del estado está aplicando en los hechos el veto en algunos decretos como es el número 325 que contiene reformas y adiciones a la Ley de Salud del Estado de Sinaloa, transgrediendo a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, advirtió la diputada María de Jesús Rojo, por lo que la diputación permanente lo exhorta a cumplir la obligación constitucional que tiene de publicar los decretos que apruebe el Congreso del Estado.

En los hechos ha ejercido otra modalidad de veto que implica una transgresión a la Constitución sinaloense y una falta de respeto a este Poder Legislativo y al principio de colaboración entre poderes, pero sobre todo está impidiendo el fortalecimiento del derecho a la salud de las y los sinaloenses.

Rojo

Recordó que el decreto 325 se aprobó por unanimidad del pleno el 17 de octubre, y de acuerdo al artículo 46 constitucional, por no habérsele hecho alguna observación, el Ejecutivo del estado debió haberlo publicado dentro de los primeros ocho días útiles contados desde la fecha en que lo recibió.

La diputada de Morena explicó que el decreto 325 contiene un artículo 73 Bis que establece que la Secretaría de Salud se coordinará con las instituciones de educación y organismos de los sectores privados y social para el diseño y ejecución del Programa Estatal para la Prevención y Atención del Uso Nocivo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, a través de diversas acciones, como la prevención.

Agregó que otros artículos como el 93 Bis, 93 Bis 1, 93 Bis 2 y 93 Bis 3, contemplan el mandato para que en todo edificio público o privado donde se concentre un alto flujo de personas, se instalen desfibriladores automáticos externos.

Se reformó el artículo 99 para establecer que en los servicios públicos a la población en general que se presten en establecimientos públicos de Salud a los habitantes del estado de Sinaloa que así lo requieran, tendrán preferencia las personas pertenecientes a grupos sociales en situación de vulnerabilidad.

Los artículos adicionados, el 104 Bis y el 174 Bis, establecen que en los establecimientos para la atención médica del sector público, social o privado del Sistema Estatal de Salud deben existir y funcionar los Comités Hospitalarios de Investigación, Ética, Bioética, Bioseguridad y de Ética en Investigación.

ATORADO

Quirino Ordaz, como jefe del Ejecutivo, no ha publicado importantes decretos en materia de salud para que los sinaloenses tengan más garantías.

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