/ martes 14 de junio de 2022

PAN denuncia a Morena ante el INE por actos anticipados de campaña

La queja versa sobre la comisión de violaciones a la normatividad electoral y sobre la publicidad pagada que se difunde a través de un sitio en internet

El Partido Acción Nacional (PAN) presentó ante el Instituto Nacional Electoral (INE) una denuncia contra secretarios de Estado, la jefa de Gobierno y líderes políticos de Morena, conocidos como “corcholatas”, por actos anticipados de campaña y uso indebido de recursos públicos durante el evento realizado el domingo en Toluca, Estado de México.

La queja versa sobre la comisión de violaciones a la normatividad electoral y sobre la publicidad pagada que se difunde a través de un sitio en internet, la cual tiene como objetivo influir anticipadamente la equidad en la contienda electoral a través de eventos y de una estrategia concertada para hacer un fraude a la ley.

Te recomendamos: No hubo reclamos ni petición de renuncia al partido: Alejandro Moreno

El PAN señala que se utiliza la imagen del Presidente de la República en propaganda política de manera ilegal; además de difundir el nombre y la imagen del que será candidato del partido político Morena en el Estado de México, Delfina Gómez e Higinio Martínez, y por quienes aspiran a ser candidatos a la presidencia de la República: Adán Augusto, Claudia Sheinbaum y Marcelo Ebrard.

En el recurso presentado por el representante del PAN ante el INE, Víctor Hugo Sondón Saavedra y por el coordinador jurídico del partido, Raymundo Bolaños, solicita al órgano electoral instaurar el procedimiento especial sancionador en contra de Morena y a quien resulte responsable por violar la normatividad electoral y dictar las medidas cautelares para la suspensión de propaganda respecto a dicho evento.

“Solicitamos de manera inmediata a la H. Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, tome las medidas cautelares consistentes en suspender de manera inmediata toda la publicidad referente al evento realizado por el partido político Morena el domingo, ya que dicha publicidad pagada contraviene lo establecido en la Constitución y en la Ley General de Partidos Políticos”.

En la denuncia de hechos, se detalla la existencia de las infracciones y violaciones cometidas por Morena, relativos a actos anticipados de campaña, como la colocación de lonas, mantas promocionando precandidatos a la Presidencia de la República y al gobierno del estado de México, el gasto especifico en actividades de precampaña por parte del partido y la promoción en medios de comunicación social.

Destaca el PAN que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que “los actos anticipados de campaña son los actos de expresión que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido”.

Por otra parte, el artículo 445 de la misma Ley establece que “serán considerados como infracciones de la ley la realización de actos anticipados de campaña. De esta manera, es que los actos anticipados de campaña son en general aquellos actos en que los precandidatos a una candidatura se dirigen a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general”.

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Por lo que respecta al uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada del presidente de la República y el secretario de Gobernación, las acciones de Adán Augusto López, señalan, constituyen una violación al párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

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La queja versa sobre la comisión de violaciones a la normatividad electoral y sobre la publicidad pagada que se difunde a través de un sitio en internet, la cual tiene como objetivo influir anticipadamente la equidad en la contienda electoral a través de eventos y de una estrategia concertada para hacer un fraude a la ley.

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El PAN señala que se utiliza la imagen del Presidente de la República en propaganda política de manera ilegal; además de difundir el nombre y la imagen del que será candidato del partido político Morena en el Estado de México, Delfina Gómez e Higinio Martínez, y por quienes aspiran a ser candidatos a la presidencia de la República: Adán Augusto, Claudia Sheinbaum y Marcelo Ebrard.

En el recurso presentado por el representante del PAN ante el INE, Víctor Hugo Sondón Saavedra y por el coordinador jurídico del partido, Raymundo Bolaños, solicita al órgano electoral instaurar el procedimiento especial sancionador en contra de Morena y a quien resulte responsable por violar la normatividad electoral y dictar las medidas cautelares para la suspensión de propaganda respecto a dicho evento.

“Solicitamos de manera inmediata a la H. Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, tome las medidas cautelares consistentes en suspender de manera inmediata toda la publicidad referente al evento realizado por el partido político Morena el domingo, ya que dicha publicidad pagada contraviene lo establecido en la Constitución y en la Ley General de Partidos Políticos”.

En la denuncia de hechos, se detalla la existencia de las infracciones y violaciones cometidas por Morena, relativos a actos anticipados de campaña, como la colocación de lonas, mantas promocionando precandidatos a la Presidencia de la República y al gobierno del estado de México, el gasto especifico en actividades de precampaña por parte del partido y la promoción en medios de comunicación social.

Destaca el PAN que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que “los actos anticipados de campaña son los actos de expresión que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido”.

Por otra parte, el artículo 445 de la misma Ley establece que “serán considerados como infracciones de la ley la realización de actos anticipados de campaña. De esta manera, es que los actos anticipados de campaña son en general aquellos actos en que los precandidatos a una candidatura se dirigen a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general”.

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Por lo que respecta al uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada del presidente de la República y el secretario de Gobernación, las acciones de Adán Augusto López, señalan, constituyen una violación al párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.



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