/ miércoles 23 de septiembre de 2020

Proponen amnistía a quien realice un aborto en Sinaloa

En la Ley de Amnistía del estado, se dio la primera lectura y se busca corregir las injusticias producidas por el sistema

Culiacán, Sin.- En Sinaloa se busca corregir las injusticias que han sido producidas por el sistema de justicia penal y que afectan a las personas en situación de vulnerabilidad, como las mujeres, personas indígenas, cuya condición ciertamente se agrava cuando son privadas de la libertad.

David Ernesto Ruiz Álvarez y José Manuel Delgado Cañedo presentaron una iniciativa de Ley de Amnistía del Estado de Sinaloa a la que se le dio primera lectura, en la que se propone incluir supuestos delitos como el aborto en cualquiera de sus vertientes, además delitos patrimoniales, no sólo robo simple.

Igual se propone que la amnistía considere a todos aquellos delitos catalogados como "delitos contra la seguridad Interior del Estado", debido a que en la Ley de ámbito federal únicamente se incluyó la sedición, sin alguna causa justificada, además se decreta amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya iniciado una investigación, hayan sido vinculadas a proceso, o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del Estado de Sinaloa, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, en supuestos como el delito de aborto.

También se dispone que la amnistía beneficie a las personas que han sufrido tortura o alguno de los actos contemplados en el artículo 22 de la Constitución Federal , además la ley de amnistía tiene como finalidad la reconstrucción del tejido social subsanando a través del Estado la deuda histórica que se ha originado a causa de la adopción de sistemas penales punitivos para con los grupos más vulnerables.

Del Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional, emitido por Prevención y Readaptación Social (PyRS) en octubre de 2019 se desprende que del total de la población privada de su libertad el94.80% son hombres y 5.20% son mujeres, 85.34% es decir 172,566 de personas se encuentran procesadas en el fuero común y tan solo el14.66% es decir 29,655 están sometidas al fuero federal

Foto: Cortesía | Congreso del Estado

Lee también: El 97.8% de las muertes epidemiológicas son por Covid-19

Es evidente la necesidad de que las legislaturas locales repliquen el contenido de la Ley de Amnistía en cuanto es precisamente el fuero común el que alberga más del 85% de las personas en condición de cárcel en el país”, se establece.

En este mismo sentido vale la pena mencionar que también es el fuero común el que alberga a más personas en condiciones de vulnerabilidad privadas de su libertad, hasta octubre de 2019 se encontraban en condición de cárcel 6 mil 957 personas indígenas de las cuales en el fuero común representaban 64.48% en la situación jurídica de sentenciadas y 30.04% situación jurídica de procesadas.

De los 6 mil 242 personas adultas mayores en el fuero común representaban el 64.61% en la situación jurídica de sentenciadas y el 23.52% situación jurídica de procesadas; de las 21 mil,032 personas en condición de discapacidad: el fuero común albergaba el 4.7.34% en la situación jurídica de sentenciadas y el 25.44% situación jurídica de procesadas.

En la iniciativa se establece que esta petición de Ley de Amnistía Estatal se basa en que es un hecho notorio que la mayoría de las personas que llegan a ser detenidas sufren de algún grado de tortura y no tienen acceso a una verdadera justicia, ya que se busca considerárseles responsables con base en confesiones ilícitas.






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Culiacán, Sin.- En Sinaloa se busca corregir las injusticias que han sido producidas por el sistema de justicia penal y que afectan a las personas en situación de vulnerabilidad, como las mujeres, personas indígenas, cuya condición ciertamente se agrava cuando son privadas de la libertad.

David Ernesto Ruiz Álvarez y José Manuel Delgado Cañedo presentaron una iniciativa de Ley de Amnistía del Estado de Sinaloa a la que se le dio primera lectura, en la que se propone incluir supuestos delitos como el aborto en cualquiera de sus vertientes, además delitos patrimoniales, no sólo robo simple.

Igual se propone que la amnistía considere a todos aquellos delitos catalogados como "delitos contra la seguridad Interior del Estado", debido a que en la Ley de ámbito federal únicamente se incluyó la sedición, sin alguna causa justificada, además se decreta amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya iniciado una investigación, hayan sido vinculadas a proceso, o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del Estado de Sinaloa, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, en supuestos como el delito de aborto.

También se dispone que la amnistía beneficie a las personas que han sufrido tortura o alguno de los actos contemplados en el artículo 22 de la Constitución Federal , además la ley de amnistía tiene como finalidad la reconstrucción del tejido social subsanando a través del Estado la deuda histórica que se ha originado a causa de la adopción de sistemas penales punitivos para con los grupos más vulnerables.

Del Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional, emitido por Prevención y Readaptación Social (PyRS) en octubre de 2019 se desprende que del total de la población privada de su libertad el94.80% son hombres y 5.20% son mujeres, 85.34% es decir 172,566 de personas se encuentran procesadas en el fuero común y tan solo el14.66% es decir 29,655 están sometidas al fuero federal

Foto: Cortesía | Congreso del Estado

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Es evidente la necesidad de que las legislaturas locales repliquen el contenido de la Ley de Amnistía en cuanto es precisamente el fuero común el que alberga más del 85% de las personas en condición de cárcel en el país”, se establece.

En este mismo sentido vale la pena mencionar que también es el fuero común el que alberga a más personas en condiciones de vulnerabilidad privadas de su libertad, hasta octubre de 2019 se encontraban en condición de cárcel 6 mil 957 personas indígenas de las cuales en el fuero común representaban 64.48% en la situación jurídica de sentenciadas y 30.04% situación jurídica de procesadas.

De los 6 mil 242 personas adultas mayores en el fuero común representaban el 64.61% en la situación jurídica de sentenciadas y el 23.52% situación jurídica de procesadas; de las 21 mil,032 personas en condición de discapacidad: el fuero común albergaba el 4.7.34% en la situación jurídica de sentenciadas y el 25.44% situación jurídica de procesadas.

En la iniciativa se establece que esta petición de Ley de Amnistía Estatal se basa en que es un hecho notorio que la mayoría de las personas que llegan a ser detenidas sufren de algún grado de tortura y no tienen acceso a una verdadera justicia, ya que se busca considerárseles responsables con base en confesiones ilícitas.






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