Prohibirá que las Juntas de Agua potable limiten el suministro

Congreso propone que a los usuarios morosos les apliquen recargos

Irene Medrano Villanueva │ El Sol de Sinaloa

  · miércoles 4 de marzo de 2020

Foto: Cortesía │ @JapacCuliacán

Culiacán, Sin. Por ser inconstitucional, la Comisión de Hacienda Pública y Administración eliminó la facultad de las 18 juntas de agua potable de limitar el servicio de agua a los usuarios domésticos que no pagan el servicio.

Debido a que el servicio de agua potable es un derecho humano de vital importancia en razón de que garantizar su acceso por parte del Estado, permite que la población tenga mejores condiciones de vida, se prohíbe que se corte el suministro de agua.

Sin embargo, sí será causa de limitación de los servicios el que los usuarios industriales y comerciales dejen de pagar un mes o bimestre conforme al sistema de cobro establecido, establece el dictamen aprobado.

Este órgano colegiado resolvió pertinente reformar la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa y con esto garantizar de forma amplia el acceso al agua potable a los usuarios domésticos.

Los diputados, María Victoria Sánchez Peña, Faustino Hernández Álvarez, Horacio Lora Oliva y Marco Antonio Zazueta Zazueta, aprobaron reformar el párrafo tercero del artículo 51 y el artículo 80 fracción XVII, de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa para que las Juntas de Agua Potable no puedan limitar el servicio de agua, pero no quiere decir que se pretende eximir del pago correspondiente a los usuarios.



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Es claro que los usuarios de los servicios de agua potable tendrán siempre la obligación de liquidar su pago de manera oportuna y de no ser así, que las Juntas de Agua Potable les impongan los recargos correspondientes y ejecuten sus facultades de cobro, que les otorga la Ley en esta materia.

Este derecho fundamental está estrechamente relacionado con otros derechos como la protección a la salud, a contar con una vivienda digna y decorosa, a disfrutar un medio ambiente sano, por mencionar algunos de los más relevantes.

Por lo tanto, se debe mantener el marco jurídico actual establecido en la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado.






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