/ miércoles 11 de enero de 2023

Niegan cerrar juicio contra Estrada por denuncia de viudas

Por un tecnicismo en torno a una prueba de descargo, el juez declara improcedente el sobreseimiento

"Me voy desconcertado", comentó el exalcalde de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro, cuando el juez clasificó como no procedente la solicitud de sobreseimiento que la defensa presentó, debido a nuevas pruebas recabadas por los abogados del enjuiciado.

Estas nuevas pruebas recabadas por la defensa conociste en material audiovisual, en el cual se muestra la atención que dio el exalcalde al grupo de demandantes. Asimismo, la defensa señaló que en los videos no se observa ni se escuchan las agresiones que motivan el juicio, por lo cual deberían darle aprobación a la solicitud de sobreseimiento.

También puedes leer: Estrada solicita cerrar juicio por falta de pruebas

Por su parte, la Fiscalía General del Estado argumentó que, a pesar de contar con el material, este no es suficiente, debido a que los hechos por los cuales se les enjuicia pudieron suscitarse cuando se cortó el vídeo.

La resolución

Tras escuchar las dos partes, el juez declaró improcedente el sobreseimiento, debido a que no contaba con las pruebas. Asimismo, detalló que la parte en la cual se encuentra en proceso no es para dar una resolución de ese tipo.

Señaló que estás nueva pruebas deberán ser presentadas en la nueva audiencia Intermedia, en el cual se hará la etapa de admisión y exclusión de pruebas.

"Me voy desconcertado", comentó el exalcalde de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro, cuando el juez clasificó como no procedente la solicitud de sobreseimiento que la defensa presentó, debido a nuevas pruebas recabadas por los abogados del enjuiciado.

Estas nuevas pruebas recabadas por la defensa conociste en material audiovisual, en el cual se muestra la atención que dio el exalcalde al grupo de demandantes. Asimismo, la defensa señaló que en los videos no se observa ni se escuchan las agresiones que motivan el juicio, por lo cual deberían darle aprobación a la solicitud de sobreseimiento.

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Por su parte, la Fiscalía General del Estado argumentó que, a pesar de contar con el material, este no es suficiente, debido a que los hechos por los cuales se les enjuicia pudieron suscitarse cuando se cortó el vídeo.

La resolución

Tras escuchar las dos partes, el juez declaró improcedente el sobreseimiento, debido a que no contaba con las pruebas. Asimismo, detalló que la parte en la cual se encuentra en proceso no es para dar una resolución de ese tipo.

Señaló que estás nueva pruebas deberán ser presentadas en la nueva audiencia Intermedia, en el cual se hará la etapa de admisión y exclusión de pruebas.

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