Cabildo de Culiacán rechaza municipalización de Eldorado y Juan José Ríos

El dictamen fue aprobado por el Poder Legislativo el pasado 5 de marzo, el cual debe contar con el visto bueno de al menos 10 de los 18 ayuntamientos de Sinaloa

Josefina Rubio | El Sol de Sinaloa

  · martes 23 de marzo de 2021

Foto: Archivo | El Sol de Sinaloa

Culiacán, Sin.- Al no ser tomados en cuenta y no existir un análisis reciente para la creación de dos nuevos municipios para Sinaloa, el Cabildo de Culiacán rechazó la municipalización de Eldorado y Juan José Ríos.

El dictamen fue aprobado por el Poder Legislativo el pasado 5 de marzo, el cual debe contar con el visto bueno de al menos 10 de los 18 ayuntamientos de Sinaloa, para después oficializarse con su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Diputada Angelica Díaz Quiñonez. Foto: Cortesía │ Congreso del Estado de Sinaloa

El secretario del Ayuntamiento, Othón Herrera y Cairo Yarahuán, reconoció la lucha que han tenido los eldoradenses

de erigirse como municipio, el Congreso del Estado no cumplió a cabalidad con los principios constitucionales de legalidad, formalidad y debido proceso para tal efecto de transparencia.

El cabildo no participó en el análisis de nada porque no hubo esa parte procesal que se le da al municipio el derecho de audiencia sobre lo que estaba emitiendo el Congreso, al no haber derecho se audiencia pues ninguno participa... esa es precisamente una de las causales de la inconformidad, que no se nos tomó en cuenta como municipio ni como cuerpo colegiado en el proceso de la municipalización de Eldorado”, expuso.

Por lo anterior, dijo, se estableció el Punto de Acuerdo que consta de tres lineamientos resolutivos, siendo el primero de ellos que el pleno del Ayuntamiento de Culiacán reconoce el derecho que tienen los eldoradenses de erigirse como municipio, compartiendo la opinión de esta inquietud y el deseo de que se concrete la creación de esta sindicatura como municipio.

No obstante, dicha creación, agregó, debe estar sustentada en el cumplimiento cabal de lo dispuesto por la Constitución Estatal, en su artículo 43 fracción séptima, no lográndose acreditar el cabal cumplimiento de todas las hipótesis legales previstas en dicho numeral, en lo particular la acreditación del asentimiento de la mayoría de los ciudadanos, ni se comprobaba debidamente ante el Congreso del Estado que se tenían los elementos suficientes para proveer a su existencia política.

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El funcionario municipal dijo que, al ser el municipio de Culiacán quien recibe la afectación directa, se le debió otorgar el derecho de audiencia y respetar el debido proceso, situación que tampoco se cumplió por los legisladores del poder ejecutivo.

Extendió que además no se respetó el plazo establecido en el artículo 159 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, donde establece que se debe considerar al Ayuntamiento de Culiacán para manifestar su voto respecto a la municipalización, por esa razón, se niegan a acatarlo.



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