/ jueves 5 de mayo de 2022

Niega Suprema Corte a Estrada suspender descuentos del agua

La controversia continúa en firme hasta el momento, pero se trata de un revés al gobierno municipal

Culiacán, Sin.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio el primer revés al gobierno municipal de Jesús Estrada Ferreiro al negar la suspensión de los descuentos de la cuota de las tarifas del agua potable, en tanto se resuelve el fondo del asunto.

Fue el pasado 2 de mayo cuando la Corte informó en su lista de notificaciones del proceso de controversia que interpuso el alcalde, que no procedía la petición de suspensión que presentó la sindica procuradora.

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Dicha solicitud realizada dentro de la controversia constitucional 58/2022 pedía que mientras la Corte resuelve el fondo del caso, podían suspender el acto reclamado, que no es otra cosa que, por lo pronto, no entregar descuentos de la tarifa a pensionados, jubilados y personas con discapacidad.

Es decir, Estrada pidió que cesarán las consecuencias jurídicas de la Ley de Agua Potable, que en su artículo 50 otorga estos beneficios a estos grupos sociales vulnerables.

La Corte negó la suspensión del acto jurídico que tiene impugnado el alcalde. Foto: Cortesía | Suprema Corte de Justicia de la Nación

Sin embargo, apenas ayer miércoles 4 de mayo la SCJN indicó que no procedía está suspensión, por lo que continuará desahogando el fondo de esta controversia.

Fue el 24 de marzo pasado cuando la Corte admitió el trámite de la controversia constitucional con el fin de invalidar dicho artículo que beneficia con descuentos a personas vulnerables del municipio.

Esta batalla legal que emprendió el presidente municipal de Culiacán es uno de los argumentos que tiene el congreso del estado para enderezarle el juicio político que se mantiene activo, pues Estrada tiene hasta la próxima semana para contestar de manera legal a la demanda.

Culiacán, Sin.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio el primer revés al gobierno municipal de Jesús Estrada Ferreiro al negar la suspensión de los descuentos de la cuota de las tarifas del agua potable, en tanto se resuelve el fondo del asunto.

Fue el pasado 2 de mayo cuando la Corte informó en su lista de notificaciones del proceso de controversia que interpuso el alcalde, que no procedía la petición de suspensión que presentó la sindica procuradora.

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Es decir, Estrada pidió que cesarán las consecuencias jurídicas de la Ley de Agua Potable, que en su artículo 50 otorga estos beneficios a estos grupos sociales vulnerables.

La Corte negó la suspensión del acto jurídico que tiene impugnado el alcalde. Foto: Cortesía | Suprema Corte de Justicia de la Nación

Sin embargo, apenas ayer miércoles 4 de mayo la SCJN indicó que no procedía está suspensión, por lo que continuará desahogando el fondo de esta controversia.

Fue el 24 de marzo pasado cuando la Corte admitió el trámite de la controversia constitucional con el fin de invalidar dicho artículo que beneficia con descuentos a personas vulnerables del municipio.

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