/ martes 25 de enero de 2022

En Sinaloa quedan prohibidas las corridas de toros

Los legisladores rechazaron el veto que le había aplicado el ex gobernador Quirino Ordaz Coppel a la Ley de Protección Animal donde se prohibía la tauromaquia

Culiacán, Sin.- El pleno del Congreso del Estado por unanimidad aprobó rechazar el veto del ex gobernador de Sinaloa, Quirino Ordaz Coppel, promovió durante su mandato a las reformas a la Ley de Protección Animal que aprobaron los diputados en el 2021.

Así, desde este martes, queda prohibida en Sinaloa la tauromaquia, esto luego de que los diputados rechazaron por unanimidad las observaciones que el pasado 1 de abril de 2021, hizo el ahora ex gobernador Quirino Ordaz Coppel a las reformas de protección animal, específicamente en este tema.

En las reformas a la Ley de Protección Animal quedan prohibidas las corridas de toros al ser clasificadas como actos de crueldad animal.

Asimismo, la reforma establece penas de hasta seis años por el delito de maltrato animal, y multas y clausuras de establecimientos en donde se lleven a cabo espectáculos como peleas de perros.

No contempla, sin embargo, el sacrificio de animales de abasto, charrería y peleas de gallos, al ser considerados de carácter federal y, por lo tanto, inoperante que el Congreso legisle en dicha materia.

Con la aprobación de la reforma, se crean Centros de Bienestar en favor a la protección de animales, y se define a la “zoofilia” como un delito sujeto a sanciones, entre otras.

El diputado Pedro Villegas Lobo, promotor de la iniciativa para prohibir la tauromaquia, explicó que las reformas aprobadas también contemplan tipificar como delito la zoofilia, incrementa las penas para los agresores de los animales que van desde 4 hasta 6 años de cárcel, así como la creación de centros de bienestar.

Igualmente, dijo, vienen a subsanar aquellas lagunas en la normatividad para que la Fiscalía actué en los casos donde se presente una denuncia por maltrato animal y castigar a los responsables con cárcel y no con multas irrisorias de 500 pesos.

En el dictamen presentado por las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, Ecología y Desarrollo Sustentable y de Justicia, los legisladores consideraron inoperantes los argumentos formulados por el ex gobernador, al decreto 581, aprobado por la Sesenta y Tres Legislatura, el 28 de enero de 2021.

En este Decreto se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Protección a los Animales, Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable y del Código Penal, todos para el Estado de Sinaloa, en materia de protección a los animales.

En las observaciones el ex titular del Ejecutivo estableció que el Congreso configuró dos regímenes jurídicos, ya que, por un lado, se prohíbe la tauromaquia, y por el otro, hay una permisión para los espectáculos de charrería y pelea de gallos.

Sin embargo, las y los legisladores exponen que las peleas de gallos, al intervenir en su realización apuestas su naturaleza es federal, por tanto el Estado no puede establecer regulación alguna en ese sentido; porque sería inconstitucional al invadir esferas competenciales de la federación.




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Culiacán, Sin.- El pleno del Congreso del Estado por unanimidad aprobó rechazar el veto del ex gobernador de Sinaloa, Quirino Ordaz Coppel, promovió durante su mandato a las reformas a la Ley de Protección Animal que aprobaron los diputados en el 2021.

Así, desde este martes, queda prohibida en Sinaloa la tauromaquia, esto luego de que los diputados rechazaron por unanimidad las observaciones que el pasado 1 de abril de 2021, hizo el ahora ex gobernador Quirino Ordaz Coppel a las reformas de protección animal, específicamente en este tema.

En las reformas a la Ley de Protección Animal quedan prohibidas las corridas de toros al ser clasificadas como actos de crueldad animal.

Asimismo, la reforma establece penas de hasta seis años por el delito de maltrato animal, y multas y clausuras de establecimientos en donde se lleven a cabo espectáculos como peleas de perros.

No contempla, sin embargo, el sacrificio de animales de abasto, charrería y peleas de gallos, al ser considerados de carácter federal y, por lo tanto, inoperante que el Congreso legisle en dicha materia.

Con la aprobación de la reforma, se crean Centros de Bienestar en favor a la protección de animales, y se define a la “zoofilia” como un delito sujeto a sanciones, entre otras.

El diputado Pedro Villegas Lobo, promotor de la iniciativa para prohibir la tauromaquia, explicó que las reformas aprobadas también contemplan tipificar como delito la zoofilia, incrementa las penas para los agresores de los animales que van desde 4 hasta 6 años de cárcel, así como la creación de centros de bienestar.

Igualmente, dijo, vienen a subsanar aquellas lagunas en la normatividad para que la Fiscalía actué en los casos donde se presente una denuncia por maltrato animal y castigar a los responsables con cárcel y no con multas irrisorias de 500 pesos.

En el dictamen presentado por las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, Ecología y Desarrollo Sustentable y de Justicia, los legisladores consideraron inoperantes los argumentos formulados por el ex gobernador, al decreto 581, aprobado por la Sesenta y Tres Legislatura, el 28 de enero de 2021.

En este Decreto se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Protección a los Animales, Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable y del Código Penal, todos para el Estado de Sinaloa, en materia de protección a los animales.

En las observaciones el ex titular del Ejecutivo estableció que el Congreso configuró dos regímenes jurídicos, ya que, por un lado, se prohíbe la tauromaquia, y por el otro, hay una permisión para los espectáculos de charrería y pelea de gallos.

Sin embargo, las y los legisladores exponen que las peleas de gallos, al intervenir en su realización apuestas su naturaleza es federal, por tanto el Estado no puede establecer regulación alguna en ese sentido; porque sería inconstitucional al invadir esferas competenciales de la federación.




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