/ miércoles 18 de diciembre de 2019

Dictaminan iniciativa para que se penalice el sexting en Sinaloa

Presentan la iniciativa y le da para adelante para castigar a quien tome videos y difunda fotos con contenido sexual

Culiacán, Sin. Por fin la Comisión de Equidad, Género y Familia dictaminó reformar el Código Penal en materia de Violación a la Intimidad Sexual para tipificar el delito de violación a la intimidad sexual, que busca castigar a las personas que trasgreden la confianza depositada en ellas al divulgar, difundir o hacer públicas imágenes y videos con contenido sexual.

La diputada de Morena,Yeraldine Bonilla quien en mayo pasado presentó la iniciativa precisó que con las adiciones al código penal se pretende eliminar la impunidad de quienes incurren en la violación a la intimidad sexual, ya que dijo que el sexting en Sinaloa se ha incrementado en los últimos años.

El siguiente paso es llevar al Pleno el dictamen para que, al aprobarse, se establezca penalizar a quien con propósitos de lujuria o erótico sexual, publique o difunda por cualquier medio electrónico, textos, imágenes, sonidos de audios o videos de una persona, sin su consentimiento, dijo.

Estamos un poquito presionados por el presupuesto, pero esperemos que la semana que viene pase el dictamen, sino pues ya sería entrando el año, la había presentado como Sexting pero en el Código Penal va a aparecer como Violación a la Intimidad Sexual. Yeraldine Bonilla

La iniciativa de Reforma destaca que en caso de que el sujeto pasivo sea una persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo o si se trata de una persona menor de 18 años, se impondrá prisión de 3 a 5 años.


También lee: Alarmante desaparición de jóvenes en Sinaloa y autoridad sin dar resultados



Asimismo, que cuando la publicación o difusión sea con fines de lucro, la pena de prisión será de 3 a 6 años y de quinientos a mil días multa, así como que las penas anteriores se aumentarán hasta en una mitad más si el sujeto activo tiene relación de parentesco por consanguinidad afinidad, matrimonio, concubinato o relación de hecho con el sujeto pasivo.

La diputada quien se dijo satisfecha por este logro, destacó que si el sujeto activo es servidor público y utilizará los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, además de la pena señalada, será destituido del cargo y se le inhabilitará para el ejercicio de la función pública hasta por 7 años y en caso de reincidencia en cualquier supuesto previsto, la pena de prisión aumentará hasta una tercera parte.




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Culiacán, Sin. Por fin la Comisión de Equidad, Género y Familia dictaminó reformar el Código Penal en materia de Violación a la Intimidad Sexual para tipificar el delito de violación a la intimidad sexual, que busca castigar a las personas que trasgreden la confianza depositada en ellas al divulgar, difundir o hacer públicas imágenes y videos con contenido sexual.

La diputada de Morena,Yeraldine Bonilla quien en mayo pasado presentó la iniciativa precisó que con las adiciones al código penal se pretende eliminar la impunidad de quienes incurren en la violación a la intimidad sexual, ya que dijo que el sexting en Sinaloa se ha incrementado en los últimos años.

El siguiente paso es llevar al Pleno el dictamen para que, al aprobarse, se establezca penalizar a quien con propósitos de lujuria o erótico sexual, publique o difunda por cualquier medio electrónico, textos, imágenes, sonidos de audios o videos de una persona, sin su consentimiento, dijo.

Estamos un poquito presionados por el presupuesto, pero esperemos que la semana que viene pase el dictamen, sino pues ya sería entrando el año, la había presentado como Sexting pero en el Código Penal va a aparecer como Violación a la Intimidad Sexual. Yeraldine Bonilla

La iniciativa de Reforma destaca que en caso de que el sujeto pasivo sea una persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo o si se trata de una persona menor de 18 años, se impondrá prisión de 3 a 5 años.


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Asimismo, que cuando la publicación o difusión sea con fines de lucro, la pena de prisión será de 3 a 6 años y de quinientos a mil días multa, así como que las penas anteriores se aumentarán hasta en una mitad más si el sujeto activo tiene relación de parentesco por consanguinidad afinidad, matrimonio, concubinato o relación de hecho con el sujeto pasivo.

La diputada quien se dijo satisfecha por este logro, destacó que si el sujeto activo es servidor público y utilizará los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, además de la pena señalada, será destituido del cargo y se le inhabilitará para el ejercicio de la función pública hasta por 7 años y en caso de reincidencia en cualquier supuesto previsto, la pena de prisión aumentará hasta una tercera parte.




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