/ viernes 26 de febrero de 2021

Aprueba Congreso penalizar crímenes de odio por razones de orientación sexual

Se impondrán de 22 a 50 años de prisión, además de 30 a 50 años si  entre el activo y la víctima existió una relación de matrimonio, concubinato, parentesco o laboral

Culiacán, Sin.- Por unanimidad el Pleno del Congreso de Sinaloa aprobó tipificar en el Código Penal el delito de crímenes de odio por razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género

En sesión extraordinaria, modalidad virtual, los 40 diputados y diputadas, el Congreso del Estado de Sinaloa, se leyó el dictamen donde se establece que quien cometa el delito de crimen de odio se le impondrán de veintidós a cincuenta años de prisión.

Además de treinta a cincuenta y cinco años de prisión, si entre el activo y la víctima existió una relación de matrimonio, concubinato o hecho, de parentesco, laboral docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad.

En este dictamen aprobado por el Pleno El Congreso aprobó establecer en el Código Penal un nuevo tipo penal con la finalidad de otorgar protección a las personas que son discriminadas por su orientación sexual, específicamente a la población LGBTTTIQ (Lesbianas, gay, bisexuales, trans género, travesti, transexuales, intersexuales y queer).

Se establece que el bien jurídico que se busca proteger es la vida. La protección a la igualdad jurídica busca establecer en el orden social que todas las personas cuenten con las mismas libertades y derechos que reconoce, protege y garantiza el Estado Mexicano.

Por ello, la población LGBTTTIQ que se encuentra en el Estado tiene la facultad de gozar y ejercer, sin distinción alguna, de todos los derechos y garantías que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Foto: Cortesía│ Congreso del Estado

Puedes leer: Sinaloa es un estado atractivo para personas afrodescendientes

Así como los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que nuestro país es parte, sus ordenamientos secundarios y demás normas que integran su sistema jurídico-normativo.

El derecho a la igualdad y no discriminación es un derecho llave que permite acceder plenamente al ejercicio de los demás derechos humanos.

En México, incluyendo Sinaloa las personas LGBTI enfrentan una discriminación estructural, que se ve agravada por la intersección de otras condiciones de vulnerabilidad.

A favor del dictamen hablaron, las diputadas y diputados de Morena, Francisca Abelló Jordá, Pedro Alonso Villegas Lobo, Flor Emilia Guerra Mena y el perredista Édgar Agusto González Zatarain.






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Culiacán, Sin.- Por unanimidad el Pleno del Congreso de Sinaloa aprobó tipificar en el Código Penal el delito de crímenes de odio por razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género

En sesión extraordinaria, modalidad virtual, los 40 diputados y diputadas, el Congreso del Estado de Sinaloa, se leyó el dictamen donde se establece que quien cometa el delito de crimen de odio se le impondrán de veintidós a cincuenta años de prisión.

Además de treinta a cincuenta y cinco años de prisión, si entre el activo y la víctima existió una relación de matrimonio, concubinato o hecho, de parentesco, laboral docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad.

En este dictamen aprobado por el Pleno El Congreso aprobó establecer en el Código Penal un nuevo tipo penal con la finalidad de otorgar protección a las personas que son discriminadas por su orientación sexual, específicamente a la población LGBTTTIQ (Lesbianas, gay, bisexuales, trans género, travesti, transexuales, intersexuales y queer).

Se establece que el bien jurídico que se busca proteger es la vida. La protección a la igualdad jurídica busca establecer en el orden social que todas las personas cuenten con las mismas libertades y derechos que reconoce, protege y garantiza el Estado Mexicano.

Por ello, la población LGBTTTIQ que se encuentra en el Estado tiene la facultad de gozar y ejercer, sin distinción alguna, de todos los derechos y garantías que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Foto: Cortesía│ Congreso del Estado

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Así como los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que nuestro país es parte, sus ordenamientos secundarios y demás normas que integran su sistema jurídico-normativo.

El derecho a la igualdad y no discriminación es un derecho llave que permite acceder plenamente al ejercicio de los demás derechos humanos.

En México, incluyendo Sinaloa las personas LGBTI enfrentan una discriminación estructural, que se ve agravada por la intersección de otras condiciones de vulnerabilidad.

A favor del dictamen hablaron, las diputadas y diputados de Morena, Francisca Abelló Jordá, Pedro Alonso Villegas Lobo, Flor Emilia Guerra Mena y el perredista Édgar Agusto González Zatarain.






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