Qué hacer si te cachan “haciendo cosas” en tu auto

Conoce las consecuencias en caso de que seas sorprendido al interior de tu vehículo

Tania Licón / El Sol de México

  · jueves 11 de febrero de 2021

Muchas parejas tienen la fantasía de hacerlo en su auto / Creative Commons

Debido a la pandemia por el coronavirus, es muy probable que en este 14 de febrero más de uno utilice su vehículo para algo más que desplazarse de un punto a otro con su pareja.

Lo primero que debes de tomar en cuenta es que, dentro del Reglamento de Tránsito o Código en la Ciudad de México, no existe una norma que prohíba sostener relaciones sexuales en el interior de un vehículo que este estacionado en vía pública; sin embargo, esto no quiere decir que esté permitido por las autoridades correspondientes.

Si bien el término faltas a la moral no existe dentro de la Ley de Cultura Cívica de la CDMX, lo cierto es que en el Artículo 26, Fracción 1, se prohíbe maltratar, hacer pasar por una situación humillante o vergonzosa, intimidar o maltratar física o verbalmente a cualquier persona.

Ten cuidado porque muchas autoridades pueden extorsionarte / Creative Commons

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Para que este artículo proceda, por fuerza debe existir una persona que se sienta intimidada física o verbalmente con nuestros actos y levante una denuncia al momento con un policía, quien podrá ejercer el poder de dicho artículo en tu contra, de lo contrario no podrán actuar conforme a la ley.

Si la sanción procede, ello no implica pisar la cárcel por tratarse de tipo A. Lo Único que se tendrá que hacer es cubrir el monto de la multa correspondiente, equivalente de 1 a 10 Unidades de Medida, arresto de 6 a 12 horas o de 3 a 6 horas de trabajo comunitario, esto en función de lo que determine el Juez Cívico.

En conclusión, si uno o varios policías te sorprenden en actos "inapropiados" dentro de tu carro en plena vía pública, forzosamente debe estar presente la persona acusadora para proceder; no podrás ser llevado a la cárcel y tu auto no podrá ser llevado al corralón. Eso sí, en el peor de los casos, la multa rondará los 900 pesos.

Recuerda que el Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que nadie puede ser molestado en su domicilio o posesiones al menos que se cuente con un mandamiento de la autoridad competente que de fundamento al procedimiento.


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