/ martes 13 de julio de 2021

Tercera ola destapa lo peor de un gobierno

Las variantes de Covid-19 comenzaron a llegar desde diciembre del 2020 y la variante DELTA llegó a México el 21 de abril del 2021, JUSTO cuando las campañas políticas se encontraban en todo su esplendor, de acuerdo con el estudio del Consorcio Mexicano de Vigilancia Genómica.

Hace un año Sinaloa registraba 9,775 casos confirmados por Covid-19, comparado con el reporte del 10 de julio de este año se han acumulado 45, 885 casos confirmados acumulados, 36 mil casos más que hace un año. Hoy los centros de transporte tienen más aforo de personal que hace un año, pues de acuerdo con el informe de movilidad al 8 julio del 2021 presenta -8%, mientras que el año pasado en la misma fecha arrojaba -47%; esto quiere decir que las personas usan 39% más el transporte público que el año pasado.

De acuerdo al estudio realizado entre el 01 de enero al 05 de julio de este año por el Consorcio Mexicano de Vigilancia Genómica, órgano conformado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER), Laboratorio Nacional de Genómica para la Biodiversidad del CINVESTAV, Instituto de Biotecnología de la UNAM y el Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo A.C., existen 4 variantes de preocupación de Genomas SARS-CoV-2 secuenciados en México al 05 de julio de 2021 y 7 variantes de interés de CoViGzen en México.

Este estudio muestra que las variantes de preocupación llegaron a México a partir de diciembre del 2020, siendo la variante DELTA (B.1617.2) la más contagiosa con procedencia de la India, la cuál llegó a México el 21 de abril de 2021, seguida de la variante Lambda con procedencia de Perú, la cuál se registró el 24 de abril del presente año. La variante DELTA ha tenido un crecimiento rápido, puesto que de acuerdo con el estudio en mayo se identificó en 10 estados, siendo su mayor repunte entre finales del mes de mayo y principios del mes de junio.

Hasta el 5 de julio, sumaban 2495 detecciones en México de casos de contagio con variantes de preocupación que de acuerdo con el estudio se denominan: Alpha, Beta, Delta y Gamma. De acuerdo con Laurie Ximénez-Fyvie, profesora e investigadora del laboratorio de genética de la UNAM, Delta puede convertirse en la variante predominante en México. Las principales entidades federativas donde esta variante llegó son: Baja California, Baja California Sur, Durango, Chihuahua, Sonora y Sinaloa.

Todo esto representa una clara violación al DERECHO A LA SALUD en México, ¿Por qué? Del artículo 4° Constitucional, el cual me permito transcribir algunas líneas se desprende lo siguiente: “TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD”…. “LA LEY DEFINIRÁ UN SISTEMA DE SALUD PARA EL BIENESTAR, CON EL FIN DE GARANTIZAR LA EXTENSIÓN PROGRESIVA, CUANTITATIVA Y CUALITATIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL Y GRATUITA DE LAS PERSONAS QUE NO CUENTEN CON SEGURIDAD SOCIAL.”


De acuerdo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación el pasado 25 de enero de 2021, cuando por cierto ya había llegado la primer variante de preocupación a México se publicó la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, la cuál determinó a través de un grupo de expertos que de acuerdo a la disponibilidad de las vacunas el eje prioritario de vacunación tendría que ser la edad de las personas, seguido de la comorbilidad personal (personas con diabetes, hipertensión o VIH) y el comportamiento de la epidemia (esto para priorizar por municipios o delegaciones).

La desigualdad en el acceso al derecho a la salud. La protección de la salud “priorizada” genera desigualdades en los estados, en las comunidades, seguido de la calidad en los medicamentos y vacunas aplicadas a la población ¿Por qué priorizar? Si el derecho es de todas y todos, NO sólo para adultos mayores, maestros, personal burocrático, pues el marcador desde que comenzó esta epidemia nos señalaba que quienes eran más propensos a este virus son las personas con diabetes, hipertensión, obesidad mórbida, insuficiencia renal, lupus, cáncer, enfermedades cardiacas y respiratorias, así como trasplantes, personas adultas mayores a partir de los 60 años cumplidos, personas embarazadas y los que tengan al cuidado a menores de 12 años, tal como lo señala cada uno de los comunicados diarios de la Secretaría de la Salud a nivel nacional.

Es aquí donde me viene a la mente una conversación que tuve con una joven emprendedora hace varios meses, donde me expresaba su angustia por el padecimiento de lupus que ella tiene desde hace más de 5 años; ella me cuestionaba: “por qué te van a vacunar a ti primero, si yo tengo esta enfermedad y no puedo dejar de trabajar”. En ese momento la otra persona que la acompañaba dijo: “si se pudiera yo le cedería mi vacuna a ella, pues sé que ella la necesita más que yo por su padecimiento”.

A esta joven la “estrategia” de vacunación NO le sirvió, a sus 27 años, el virus y muy probablemente la nueva variante, la alcanzó y pasó lo que tanto temía… su padecimiento crónico hace que su recuperación sea más complicada que la de cualquier persona; esas mentes “brillantes” que tanto y tanto “pensaron” TRANSGREDIERON EL BIEN JURÍDICO MÁS IMPORTANTE, LA VIDA, pero también LA SALUD DE LOS MÁS VULNERABLES. Hoy ella lucha por su vida, pasando por el proceso médico más catastrófico, que esa vacuna hubiera evitado si hubiera sido “elegida”.

En la actualidad, solamente el 15% de la población en México cuenta con un esquema de vacunación completo, las vacunas aplicadas son Pfizer, Moderna, AstraZeneca, SinoVac, Sputnik, CanSino y Janssen; siendo las de mayor eficacia Pfizer y Moderna.

Delito por contagio. El Código Penal Federal, establece que “el que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo y otra enfermedad grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales y otro medio transmisible, será sancionado de 3 días a 3 años de prisión”.

Poner en peligro la salud de otro por el NO USO DEL TAPABOCA pudiera ser una interpretación a este delito por el peligro de contagio actualmente, pues de acuerdo con los expertos la propagación de COVID-19 y de sus variantes es por las partículas de saliva principalmente la transmisión de este. A diferencia de COVID-19, una persona portadora de DELTA, puede contagiar entre 4 a 8 personas, de acuerdo con lo expuesto por la ONU.

Los Puntos Resolutivos en este análisis son:

  • El derecho a la salud, DEBE SER IGUALITARIO PUES DEBE DE REGUARDARSE EL BIEN MÁXIMO DE TODAS LAS PERSONAS QUE ES LA VIDA; por lo tanto NO SE DEBE DE PRIORIZAR;
  • HOMICIDA, aquél que comete un delito tipificado por el Código Penal Federal, como el “peligro de contagio”;
  • AUTORIDADES CONSCIENTES Y RESPONSABLES, aquellas que priorizan la vida de la población por encima del patrimonio público.

Gran parte del mundo sigue siendo susceptible a la enfermedad debido a que las campañas de vacunación son desiguales e inequitativas, afirmó la epidemióloga jefe de la Organización Mundial de la Salud, Maria Van Kerkhove.

CORREO: puntosresolutivos09@gmail.com

REDES SOCIALES: https://web.facebook.com/Nathalie-Henderson-Puntos-Resolutivos-460869927803244/

https://twitter.com/abg_henderson

Las variantes de Covid-19 comenzaron a llegar desde diciembre del 2020 y la variante DELTA llegó a México el 21 de abril del 2021, JUSTO cuando las campañas políticas se encontraban en todo su esplendor, de acuerdo con el estudio del Consorcio Mexicano de Vigilancia Genómica.

Hace un año Sinaloa registraba 9,775 casos confirmados por Covid-19, comparado con el reporte del 10 de julio de este año se han acumulado 45, 885 casos confirmados acumulados, 36 mil casos más que hace un año. Hoy los centros de transporte tienen más aforo de personal que hace un año, pues de acuerdo con el informe de movilidad al 8 julio del 2021 presenta -8%, mientras que el año pasado en la misma fecha arrojaba -47%; esto quiere decir que las personas usan 39% más el transporte público que el año pasado.

De acuerdo al estudio realizado entre el 01 de enero al 05 de julio de este año por el Consorcio Mexicano de Vigilancia Genómica, órgano conformado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER), Laboratorio Nacional de Genómica para la Biodiversidad del CINVESTAV, Instituto de Biotecnología de la UNAM y el Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo A.C., existen 4 variantes de preocupación de Genomas SARS-CoV-2 secuenciados en México al 05 de julio de 2021 y 7 variantes de interés de CoViGzen en México.

Este estudio muestra que las variantes de preocupación llegaron a México a partir de diciembre del 2020, siendo la variante DELTA (B.1617.2) la más contagiosa con procedencia de la India, la cuál llegó a México el 21 de abril de 2021, seguida de la variante Lambda con procedencia de Perú, la cuál se registró el 24 de abril del presente año. La variante DELTA ha tenido un crecimiento rápido, puesto que de acuerdo con el estudio en mayo se identificó en 10 estados, siendo su mayor repunte entre finales del mes de mayo y principios del mes de junio.

Hasta el 5 de julio, sumaban 2495 detecciones en México de casos de contagio con variantes de preocupación que de acuerdo con el estudio se denominan: Alpha, Beta, Delta y Gamma. De acuerdo con Laurie Ximénez-Fyvie, profesora e investigadora del laboratorio de genética de la UNAM, Delta puede convertirse en la variante predominante en México. Las principales entidades federativas donde esta variante llegó son: Baja California, Baja California Sur, Durango, Chihuahua, Sonora y Sinaloa.

Todo esto representa una clara violación al DERECHO A LA SALUD en México, ¿Por qué? Del artículo 4° Constitucional, el cual me permito transcribir algunas líneas se desprende lo siguiente: “TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD”…. “LA LEY DEFINIRÁ UN SISTEMA DE SALUD PARA EL BIENESTAR, CON EL FIN DE GARANTIZAR LA EXTENSIÓN PROGRESIVA, CUANTITATIVA Y CUALITATIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL Y GRATUITA DE LAS PERSONAS QUE NO CUENTEN CON SEGURIDAD SOCIAL.”


De acuerdo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación el pasado 25 de enero de 2021, cuando por cierto ya había llegado la primer variante de preocupación a México se publicó la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, la cuál determinó a través de un grupo de expertos que de acuerdo a la disponibilidad de las vacunas el eje prioritario de vacunación tendría que ser la edad de las personas, seguido de la comorbilidad personal (personas con diabetes, hipertensión o VIH) y el comportamiento de la epidemia (esto para priorizar por municipios o delegaciones).

La desigualdad en el acceso al derecho a la salud. La protección de la salud “priorizada” genera desigualdades en los estados, en las comunidades, seguido de la calidad en los medicamentos y vacunas aplicadas a la población ¿Por qué priorizar? Si el derecho es de todas y todos, NO sólo para adultos mayores, maestros, personal burocrático, pues el marcador desde que comenzó esta epidemia nos señalaba que quienes eran más propensos a este virus son las personas con diabetes, hipertensión, obesidad mórbida, insuficiencia renal, lupus, cáncer, enfermedades cardiacas y respiratorias, así como trasplantes, personas adultas mayores a partir de los 60 años cumplidos, personas embarazadas y los que tengan al cuidado a menores de 12 años, tal como lo señala cada uno de los comunicados diarios de la Secretaría de la Salud a nivel nacional.

Es aquí donde me viene a la mente una conversación que tuve con una joven emprendedora hace varios meses, donde me expresaba su angustia por el padecimiento de lupus que ella tiene desde hace más de 5 años; ella me cuestionaba: “por qué te van a vacunar a ti primero, si yo tengo esta enfermedad y no puedo dejar de trabajar”. En ese momento la otra persona que la acompañaba dijo: “si se pudiera yo le cedería mi vacuna a ella, pues sé que ella la necesita más que yo por su padecimiento”.

A esta joven la “estrategia” de vacunación NO le sirvió, a sus 27 años, el virus y muy probablemente la nueva variante, la alcanzó y pasó lo que tanto temía… su padecimiento crónico hace que su recuperación sea más complicada que la de cualquier persona; esas mentes “brillantes” que tanto y tanto “pensaron” TRANSGREDIERON EL BIEN JURÍDICO MÁS IMPORTANTE, LA VIDA, pero también LA SALUD DE LOS MÁS VULNERABLES. Hoy ella lucha por su vida, pasando por el proceso médico más catastrófico, que esa vacuna hubiera evitado si hubiera sido “elegida”.

En la actualidad, solamente el 15% de la población en México cuenta con un esquema de vacunación completo, las vacunas aplicadas son Pfizer, Moderna, AstraZeneca, SinoVac, Sputnik, CanSino y Janssen; siendo las de mayor eficacia Pfizer y Moderna.

Delito por contagio. El Código Penal Federal, establece que “el que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo y otra enfermedad grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales y otro medio transmisible, será sancionado de 3 días a 3 años de prisión”.

Poner en peligro la salud de otro por el NO USO DEL TAPABOCA pudiera ser una interpretación a este delito por el peligro de contagio actualmente, pues de acuerdo con los expertos la propagación de COVID-19 y de sus variantes es por las partículas de saliva principalmente la transmisión de este. A diferencia de COVID-19, una persona portadora de DELTA, puede contagiar entre 4 a 8 personas, de acuerdo con lo expuesto por la ONU.

Los Puntos Resolutivos en este análisis son:

  • El derecho a la salud, DEBE SER IGUALITARIO PUES DEBE DE REGUARDARSE EL BIEN MÁXIMO DE TODAS LAS PERSONAS QUE ES LA VIDA; por lo tanto NO SE DEBE DE PRIORIZAR;
  • HOMICIDA, aquél que comete un delito tipificado por el Código Penal Federal, como el “peligro de contagio”;
  • AUTORIDADES CONSCIENTES Y RESPONSABLES, aquellas que priorizan la vida de la población por encima del patrimonio público.

Gran parte del mundo sigue siendo susceptible a la enfermedad debido a que las campañas de vacunación son desiguales e inequitativas, afirmó la epidemióloga jefe de la Organización Mundial de la Salud, Maria Van Kerkhove.

CORREO: puntosresolutivos09@gmail.com

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