/ viernes 18 de diciembre de 2020

Paridad y reelección

En su ya canónica definición mínima, Norberto Bobbio nos aclaró que la democracia no es otra cosa que un conjunto de reglas fundamentales que establecen quién está autorizado para tomar las decisiones de interés colectivo y bajo qué procedimientos.

Las reglas de la democracia pueden ser escritas o no escritas, y son las que definen los canales que los partidos políticos pueden utilizar legal y legítimamente para acceder a los roles de gobierno y los medios a que deben acudir para resolver sus diferencias y conflictos.

Estas “reglas del juego”, para brindar certeza y confianza deben ser producto del consenso entre los principales actores políticos, que aceptan competir de acuerdo con ese sistema de reglas y acatar los resultados del proceso democrático, aunque no les favorezcan.

Para el caso de México, la transición a la democracia fue un camino largo y gradual encaminado, precisamente, a construir reglas equitativas de competencia entre los partidos. La reforma electoral de 1977 marcó el inicio de un proceso de liberalización política, que tuvo continuidad en las sucesivas reformas de 1986, 1989-1990 y 1996, que dotaron al país de leyes, instituciones y procedimientos que garantizaron la realización de comicios libres, justos y transparentes. Ello quedó confirmado con la primera alternancia en la presidencia de la república, el año 2000.

Las reglas de las democracia, que tanto esfuerzo y tiempo costó edificar, fueron sometidas a duras pruebas en las elecciones de 2006 y 2012, cuando el ahora presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, cuestionó y descalifico sus resultados.

La capacidad de resistencia que demostraron las instituciones y reglas electorales, frente a estos duros embates, fue la mejor prueba de que la joven democracia mexicana se había consolidado y ello hizo posible que López Obrador ganara finalmente la presidencia en los comicios del 2018.

Aunque encarnan un acuerdo fundamental entre los actores políticos más relevantes, las reglas de la democracia no son rígidas, ni eternas, sino que se pueden ir adaptando y mejorando. En México, en los últimos años hemos tendido nuevas reformas, cuyos objetivos indudablemente son loables, pero su concreción legal no ha sido completa, ni satisfactoria. Ello está generando confusión y tensiones, en el marco ya de un proceso electoral en curso que, por su magnitud y trascendencia, será de alta intensidad y controversia política.

Uno de los temas en litigio es el de la paridad. Recordemos que el 6 de junio de 20919 entró en vigencia la reforma constitucional que estableció la paridad sustantiva y el derecho de las mujeres a participar en todos espacios políticos en igualdad de condiciones que los hombres.

Con esta histórica reforma, se obliga a observar el principio de la paridad de género en la integración de los tres poderes federales y estatales, en los municipios, órganos autónomos y candidaturas de los partidos a cargos de elección popular.

De acuerdo con el principio de paridad en todo, el 6 de noviembre de 2020 el Instituto Nacional Electoral aprobó los criterios de paridad de género que serían aplicables en la elección de 15 gubernaturas que se renovarán en los comicios de 2021, obligando a los partidos a postular candidatas mujeres en, al menos, siete entidades.

El senado de la república y el Partido Acción Nacional, promovieron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recursos de impugnación en contra de este acuerdo del INE, argumentando que se extralimitó en sus funciones, al pretender legislar en la materia.

Por mayoría de votos, los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral han revocado la resolución del INE que ordenaba a los partidos cumplir con la paridad de género en la postulación de candidatas y candidatos a gobernador.

Sin embargo, la sentencia del Tribunal Electoral continúa alimentando la confusión, debido a que “vincula” a los partidos políticos para que, en atención a sus disposiciones internas, respeten el principio de paridad de género en la selección de sus candidaturas a gobernador y postulen el mayor número de mujeres posible.

En este tema, definitivamente no tenemos claridad, y ello se debe al hecho de que en la reforma electoral de 2019 no se establecieron disposiciones para la postulación paritaria en gubernaturas, ni en la Constitución, ni tampoco en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en la Ley General de Partidos Políticos.

Otro asunto controversial es el de la reelección de los legisladores federales, impedida en México desde 1933 y reinstalada con la reforma de 2014, pero sin ser debidamente reglamentada. Ante la comisión legislativa, el INE anunció que emitiría las normas para la reelección de los legisladores. Sin embargo, en un claro “madruguete” la cámara de diputados se adelantó a la autoridad electoral y aprobó unos lineamientos con los cuales los actuales diputados podrán buscar la reelección consecutiva sin necesidad de pedir licencia al cargo. La disposición anterior fue avalada por la mayoría de los integrantes del Consejo General del INE, pero diversas voces han advertido que se pone en riesgo la equidad en la competencia electoral.

Como podemos advertir, reformas inconclusas como las relacionadas con la paridad de género y la reelección de legisladores, y la forma en que han sido abordadas y resueltas supletoriamente por el congreso de la unión y los órganos electorales, no generan la seguridad y confianza que requieren los actores políticos y los ciudadanos. Ello es lamentable y preocupante, porque en una democracia los resultados pueden ser inciertos, pero siempre debe haber claridad, consenso y certeza en las “reglas del juego”.

En su ya canónica definición mínima, Norberto Bobbio nos aclaró que la democracia no es otra cosa que un conjunto de reglas fundamentales que establecen quién está autorizado para tomar las decisiones de interés colectivo y bajo qué procedimientos.

Las reglas de la democracia pueden ser escritas o no escritas, y son las que definen los canales que los partidos políticos pueden utilizar legal y legítimamente para acceder a los roles de gobierno y los medios a que deben acudir para resolver sus diferencias y conflictos.

Estas “reglas del juego”, para brindar certeza y confianza deben ser producto del consenso entre los principales actores políticos, que aceptan competir de acuerdo con ese sistema de reglas y acatar los resultados del proceso democrático, aunque no les favorezcan.

Para el caso de México, la transición a la democracia fue un camino largo y gradual encaminado, precisamente, a construir reglas equitativas de competencia entre los partidos. La reforma electoral de 1977 marcó el inicio de un proceso de liberalización política, que tuvo continuidad en las sucesivas reformas de 1986, 1989-1990 y 1996, que dotaron al país de leyes, instituciones y procedimientos que garantizaron la realización de comicios libres, justos y transparentes. Ello quedó confirmado con la primera alternancia en la presidencia de la república, el año 2000.

Las reglas de las democracia, que tanto esfuerzo y tiempo costó edificar, fueron sometidas a duras pruebas en las elecciones de 2006 y 2012, cuando el ahora presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, cuestionó y descalifico sus resultados.

La capacidad de resistencia que demostraron las instituciones y reglas electorales, frente a estos duros embates, fue la mejor prueba de que la joven democracia mexicana se había consolidado y ello hizo posible que López Obrador ganara finalmente la presidencia en los comicios del 2018.

Aunque encarnan un acuerdo fundamental entre los actores políticos más relevantes, las reglas de la democracia no son rígidas, ni eternas, sino que se pueden ir adaptando y mejorando. En México, en los últimos años hemos tendido nuevas reformas, cuyos objetivos indudablemente son loables, pero su concreción legal no ha sido completa, ni satisfactoria. Ello está generando confusión y tensiones, en el marco ya de un proceso electoral en curso que, por su magnitud y trascendencia, será de alta intensidad y controversia política.

Uno de los temas en litigio es el de la paridad. Recordemos que el 6 de junio de 20919 entró en vigencia la reforma constitucional que estableció la paridad sustantiva y el derecho de las mujeres a participar en todos espacios políticos en igualdad de condiciones que los hombres.

Con esta histórica reforma, se obliga a observar el principio de la paridad de género en la integración de los tres poderes federales y estatales, en los municipios, órganos autónomos y candidaturas de los partidos a cargos de elección popular.

De acuerdo con el principio de paridad en todo, el 6 de noviembre de 2020 el Instituto Nacional Electoral aprobó los criterios de paridad de género que serían aplicables en la elección de 15 gubernaturas que se renovarán en los comicios de 2021, obligando a los partidos a postular candidatas mujeres en, al menos, siete entidades.

El senado de la república y el Partido Acción Nacional, promovieron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recursos de impugnación en contra de este acuerdo del INE, argumentando que se extralimitó en sus funciones, al pretender legislar en la materia.

Por mayoría de votos, los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral han revocado la resolución del INE que ordenaba a los partidos cumplir con la paridad de género en la postulación de candidatas y candidatos a gobernador.

Sin embargo, la sentencia del Tribunal Electoral continúa alimentando la confusión, debido a que “vincula” a los partidos políticos para que, en atención a sus disposiciones internas, respeten el principio de paridad de género en la selección de sus candidaturas a gobernador y postulen el mayor número de mujeres posible.

En este tema, definitivamente no tenemos claridad, y ello se debe al hecho de que en la reforma electoral de 2019 no se establecieron disposiciones para la postulación paritaria en gubernaturas, ni en la Constitución, ni tampoco en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en la Ley General de Partidos Políticos.

Otro asunto controversial es el de la reelección de los legisladores federales, impedida en México desde 1933 y reinstalada con la reforma de 2014, pero sin ser debidamente reglamentada. Ante la comisión legislativa, el INE anunció que emitiría las normas para la reelección de los legisladores. Sin embargo, en un claro “madruguete” la cámara de diputados se adelantó a la autoridad electoral y aprobó unos lineamientos con los cuales los actuales diputados podrán buscar la reelección consecutiva sin necesidad de pedir licencia al cargo. La disposición anterior fue avalada por la mayoría de los integrantes del Consejo General del INE, pero diversas voces han advertido que se pone en riesgo la equidad en la competencia electoral.

Como podemos advertir, reformas inconclusas como las relacionadas con la paridad de género y la reelección de legisladores, y la forma en que han sido abordadas y resueltas supletoriamente por el congreso de la unión y los órganos electorales, no generan la seguridad y confianza que requieren los actores políticos y los ciudadanos. Ello es lamentable y preocupante, porque en una democracia los resultados pueden ser inciertos, pero siempre debe haber claridad, consenso y certeza en las “reglas del juego”.