/ jueves 20 de junio de 2019

Matrimonio igualitario y Familia

En el Poder Legislativo del Estado de Sinaloa, este pasado martes 18 de junio de 2019 se rechazó, por veinte votos en contra y de dieciocho a favor, el matrimonio igualitario.

De esa manera, se concluyó el proceso legislativo, de cuatro iniciativas, que proponían reformar los artículos 40 y 165 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, para redefinir el matrimonio y el concubinato como la unión de dos personas, dejando atrás la unión de una mujer y un varón.

1. DERECHOS HUMANOS

Se quedaron fuera los argumentos constitucionales de interpretación de los derechos humanos, como aquellos que corresponden a todas las personas, sin discriminación por las preferencias sexuales, que previenen los párrafos primero y quinto, del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

También se olvidaron las tesis de jurisprudencia y aisladas, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que reiteran que son inconstitucionales las disposiciones que establezca como fin del matrimonio la procreación de la especie; prevenga que es la unión una mujer y un varón; así como las denominadas sociedades de convivencia.

De la misma manera, se ignoraron las recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y las correspondientes de las entidades federativas, de que impedir el matrimonio igualitario es violatorio de derechos humanos.

Se dejó de lado el derecho comparado nacional, de Campeche, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Michoacán, Morelos, Nayarit y Quintana Roo, donde en sus legislaciones ya se dice que el matrimonio es la unión de dos personas. Ni que decir del derecho comparado internacional.

Por supuesto que también se dejó en el limbo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establecen con plenitud el derecho a la igualdad y a la no discriminación.

2. IDEOLOGÍA

Los argumentos fueron ideológicos, religiosos y morales, lo cual es respetable, ya que uno de los principales derechos humanos es la libertad de conciencia y de profesar las creencias que cada quien decida.

De ellos, solo se retomarán para comentar, como se citó, lo relativo a la familia.

Llama la atención, una cartulina donde venía dibujada la familia, con una mamá, un papá, una hija y un hijo. La cual es la forma de familia tradicional, aunque siempre han existido otras manifestaciones, sin embargo es la que se reivindica como la ideal.

Esa es una posición difícil de sostener, se podría decir, sin ambages, que es una forma de familia, pero que existen muchas otras que no tienen esa integración, y que no por ello dejan de ser familia.

El concepto de familia admite muchas formas, tan es así que la Constitución, en su artículo 4, la menciona pero no la define, solo se limita a decir que la ley protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Eso tiene una razón de ser, ni por cuestiones naturales ni por situaciones de carácter personal, se puede mantener la idea de que la familia es sólo aquella que se compone por papá, mamá, hija e hijo.

O cómo se le denominará a la organización donde la abuela vive con sus nietos; la hermana que queda huérfana y se queda con sus hermanitos; la pareja adulta que pierde a uno de sus integrantes; a la adopción; a quienes siendo varones o mujeres tienen hijas o hijos por medio de inseminación artificial; o las parejas de divorciados que contraen nuevo matrimonio y llevan a sus descendientes con sus nuevos cónyuges.

O simplemente, los matrimonios que no desean tener hijos o que no pueden procrear. Por ello, es tan difícil de precisar quiénes integran a una familia y determinar cuál es la función principal, que nadie tiene autoridad para hacerlo.

Aunque se ha dicho que la familia se integra por personas unidas por matrimonio, concubinato y por parentesco por consanguinidad, esta forma de concebirla también se queda corta, con las situaciones de hecho que unen a personas y que viven brindándose apoyo mutuo.

Dejemos a la familia, como el grupo de personas que tienen una comunidad de vida.

Esperemos al tiempo.


En el Poder Legislativo del Estado de Sinaloa, este pasado martes 18 de junio de 2019 se rechazó, por veinte votos en contra y de dieciocho a favor, el matrimonio igualitario.

De esa manera, se concluyó el proceso legislativo, de cuatro iniciativas, que proponían reformar los artículos 40 y 165 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, para redefinir el matrimonio y el concubinato como la unión de dos personas, dejando atrás la unión de una mujer y un varón.

1. DERECHOS HUMANOS

Se quedaron fuera los argumentos constitucionales de interpretación de los derechos humanos, como aquellos que corresponden a todas las personas, sin discriminación por las preferencias sexuales, que previenen los párrafos primero y quinto, del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

También se olvidaron las tesis de jurisprudencia y aisladas, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que reiteran que son inconstitucionales las disposiciones que establezca como fin del matrimonio la procreación de la especie; prevenga que es la unión una mujer y un varón; así como las denominadas sociedades de convivencia.

De la misma manera, se ignoraron las recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y las correspondientes de las entidades federativas, de que impedir el matrimonio igualitario es violatorio de derechos humanos.

Se dejó de lado el derecho comparado nacional, de Campeche, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Michoacán, Morelos, Nayarit y Quintana Roo, donde en sus legislaciones ya se dice que el matrimonio es la unión de dos personas. Ni que decir del derecho comparado internacional.

Por supuesto que también se dejó en el limbo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establecen con plenitud el derecho a la igualdad y a la no discriminación.

2. IDEOLOGÍA

Los argumentos fueron ideológicos, religiosos y morales, lo cual es respetable, ya que uno de los principales derechos humanos es la libertad de conciencia y de profesar las creencias que cada quien decida.

De ellos, solo se retomarán para comentar, como se citó, lo relativo a la familia.

Llama la atención, una cartulina donde venía dibujada la familia, con una mamá, un papá, una hija y un hijo. La cual es la forma de familia tradicional, aunque siempre han existido otras manifestaciones, sin embargo es la que se reivindica como la ideal.

Esa es una posición difícil de sostener, se podría decir, sin ambages, que es una forma de familia, pero que existen muchas otras que no tienen esa integración, y que no por ello dejan de ser familia.

El concepto de familia admite muchas formas, tan es así que la Constitución, en su artículo 4, la menciona pero no la define, solo se limita a decir que la ley protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Eso tiene una razón de ser, ni por cuestiones naturales ni por situaciones de carácter personal, se puede mantener la idea de que la familia es sólo aquella que se compone por papá, mamá, hija e hijo.

O cómo se le denominará a la organización donde la abuela vive con sus nietos; la hermana que queda huérfana y se queda con sus hermanitos; la pareja adulta que pierde a uno de sus integrantes; a la adopción; a quienes siendo varones o mujeres tienen hijas o hijos por medio de inseminación artificial; o las parejas de divorciados que contraen nuevo matrimonio y llevan a sus descendientes con sus nuevos cónyuges.

O simplemente, los matrimonios que no desean tener hijos o que no pueden procrear. Por ello, es tan difícil de precisar quiénes integran a una familia y determinar cuál es la función principal, que nadie tiene autoridad para hacerlo.

Aunque se ha dicho que la familia se integra por personas unidas por matrimonio, concubinato y por parentesco por consanguinidad, esta forma de concebirla también se queda corta, con las situaciones de hecho que unen a personas y que viven brindándose apoyo mutuo.

Dejemos a la familia, como el grupo de personas que tienen una comunidad de vida.

Esperemos al tiempo.