/ lunes 5 de agosto de 2019

Igualdad Laboral: una norma de lujo

Si en algún momento Usted ha recibido represalias o amenazas por su jefa o jefe inmediato con relación a su permanencia en el trabajo, como: “hay muchas personas con necesidad de trabajar” o “no tienes puesta la camiseta”, en caso de que no accedas a laborar en tus horas de descanso, esto se considera violencia laboral.

Desde 1948, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas proclamó en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 1: “Todos los seres humanos nacen libres o iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia…”En México hasta el año 2011, con la reforma constitucional al artículo 1°, se estableció la obligación para que todas las autoridades promovieran, respetaran, protegieran y garantizaran los derechos humanos.

Sin embargo, un poco antes de esto, en 2009 se publicó la Norma Mexicana de Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, con el objetivo de propiciar climas laborales adecuados, accesibles, ergonómicos y la libertad sindical. Posteriormente esta norma fue cancelada y en sustitución se emitió la Norma NMX-R-025-SCFI-2012, para alinearse a la reforma constitucional de 2011.

Durante la vigencia de dichas normas mexicanas hasta septiembre de 2015, se alcanzaron a certificar 1,156 centros de trabajos y con la emisión de la NMX-R-025-SCFI-2015 se han certificaron 4,861 sitios, conforme al registro del Padrón Nacional de Centros de Trabajo Certificados (Discriminación, 2019), destacando entre ellos Wall Mart de México, S.A.B. de C.V. con 2,602 sitios en Ciudad de México y Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiaria con 314 sitios en la misma Ciudad; en Sinaloa se tienen registrados cuatro sitios, tres que pertenecen al sector público y sólo uno al sector privado.

Para la certificación de estos sitios, la empresa certificadora realizó cuestionarios con una muestra de las y los colaboradores del sitio de acuerdo a la fórmula que determina esta norma de igualdad laboral y no discriminación; las y los empleados respondieron en su centro de trabajo a planteamientos como:

1. Si Usted decidiera usar las opciones de trabajo flexible ¿Se cuestionaría su compromiso ante su trabajo?

2. ¿Quienes realizan tareas personales para las y los jefes, logran privilegios?

3. Se toman acciones como: aislamiento, cambio de lugar repentinamente, falta de instrucciones…

A pesar de que el campo de aplicación de esta norma mexicana atiende a todos los centros de trabajo del sector público, privado y social de cualquier tamaño, rama económica o giro ubicado en el país, su aplicación es obligatoria para el sector público, para garantizar los derechos humanos de las y los trabajadores, no así para el sector social y privado hasta en tanto se vincule con una regulación local, como puede serlo la ley para la igualdad entre mujeres y hombres del Estado de Sinaloa.

Lo interesante de la normatividad vigente no es la existencia, si no la aplicación, el respeto y el seguimiento de las mismas, para lo cuál el Estado ha creado instituciones avocadas a realizar dichas actividades a través de programas, ya que de nada sirve que existan regulaciones, mecanismos e instituciones encargadas de la aplicación o bien, la emisión de certificados que acrediten el cumplimiento de esta norma, a través de la contratación de servicios a empresas certificadoras que como dato adicional el costo de estos certificados puede ascender a los 130 mil pesos.

A diez años de la primera norma de igualdad, las empresas autorizadas por la Secretaría de Economía han acreditado un total de 6,017 sitios en todo el país, donde laboran más de 949,490 personas de las cuales el 46% son mujeres y 54% hombres en el sector público, privado y social, donde queda certificado que no se ha realizado ningún acto u omisión en abuso de poder de su jefa o jefe que dañe su autoestima, salud, integridad y libertad que atenta contra la igualdad.

Esta estadística indica que en Sinaloa, 324 personas que laboran en los 4 centros de trabajo certificados se encuentran libres de violencia y discriminación, de acuerdo al certificado “otorgado”. ¿Será?.

Nathalie Elizabeth Henderson Inzunza, es abogada con especialidad en derecho fiscal y maestría por la UNAM. Consultora en proyectos sociales y catedrática en las materias de derecho fiscal, ambiental, laboral y comercio exterior.

Si en algún momento Usted ha recibido represalias o amenazas por su jefa o jefe inmediato con relación a su permanencia en el trabajo, como: “hay muchas personas con necesidad de trabajar” o “no tienes puesta la camiseta”, en caso de que no accedas a laborar en tus horas de descanso, esto se considera violencia laboral.

Desde 1948, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas proclamó en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 1: “Todos los seres humanos nacen libres o iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia…”En México hasta el año 2011, con la reforma constitucional al artículo 1°, se estableció la obligación para que todas las autoridades promovieran, respetaran, protegieran y garantizaran los derechos humanos.

Sin embargo, un poco antes de esto, en 2009 se publicó la Norma Mexicana de Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, con el objetivo de propiciar climas laborales adecuados, accesibles, ergonómicos y la libertad sindical. Posteriormente esta norma fue cancelada y en sustitución se emitió la Norma NMX-R-025-SCFI-2012, para alinearse a la reforma constitucional de 2011.

Durante la vigencia de dichas normas mexicanas hasta septiembre de 2015, se alcanzaron a certificar 1,156 centros de trabajos y con la emisión de la NMX-R-025-SCFI-2015 se han certificaron 4,861 sitios, conforme al registro del Padrón Nacional de Centros de Trabajo Certificados (Discriminación, 2019), destacando entre ellos Wall Mart de México, S.A.B. de C.V. con 2,602 sitios en Ciudad de México y Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiaria con 314 sitios en la misma Ciudad; en Sinaloa se tienen registrados cuatro sitios, tres que pertenecen al sector público y sólo uno al sector privado.

Para la certificación de estos sitios, la empresa certificadora realizó cuestionarios con una muestra de las y los colaboradores del sitio de acuerdo a la fórmula que determina esta norma de igualdad laboral y no discriminación; las y los empleados respondieron en su centro de trabajo a planteamientos como:

1. Si Usted decidiera usar las opciones de trabajo flexible ¿Se cuestionaría su compromiso ante su trabajo?

2. ¿Quienes realizan tareas personales para las y los jefes, logran privilegios?

3. Se toman acciones como: aislamiento, cambio de lugar repentinamente, falta de instrucciones…

A pesar de que el campo de aplicación de esta norma mexicana atiende a todos los centros de trabajo del sector público, privado y social de cualquier tamaño, rama económica o giro ubicado en el país, su aplicación es obligatoria para el sector público, para garantizar los derechos humanos de las y los trabajadores, no así para el sector social y privado hasta en tanto se vincule con una regulación local, como puede serlo la ley para la igualdad entre mujeres y hombres del Estado de Sinaloa.

Lo interesante de la normatividad vigente no es la existencia, si no la aplicación, el respeto y el seguimiento de las mismas, para lo cuál el Estado ha creado instituciones avocadas a realizar dichas actividades a través de programas, ya que de nada sirve que existan regulaciones, mecanismos e instituciones encargadas de la aplicación o bien, la emisión de certificados que acrediten el cumplimiento de esta norma, a través de la contratación de servicios a empresas certificadoras que como dato adicional el costo de estos certificados puede ascender a los 130 mil pesos.

A diez años de la primera norma de igualdad, las empresas autorizadas por la Secretaría de Economía han acreditado un total de 6,017 sitios en todo el país, donde laboran más de 949,490 personas de las cuales el 46% son mujeres y 54% hombres en el sector público, privado y social, donde queda certificado que no se ha realizado ningún acto u omisión en abuso de poder de su jefa o jefe que dañe su autoestima, salud, integridad y libertad que atenta contra la igualdad.

Esta estadística indica que en Sinaloa, 324 personas que laboran en los 4 centros de trabajo certificados se encuentran libres de violencia y discriminación, de acuerdo al certificado “otorgado”. ¿Será?.

Nathalie Elizabeth Henderson Inzunza, es abogada con especialidad en derecho fiscal y maestría por la UNAM. Consultora en proyectos sociales y catedrática en las materias de derecho fiscal, ambiental, laboral y comercio exterior.