/ lunes 7 de septiembre de 2020

Estado feminicida: en Sinaloa estamos solas

Dos niñas asesinadas y quemadas, todavía ardían cuando personas que caminaban por ahí las encontraron; 14 y 15 años, respectivamente. Con esta noticia amanecimos hace unos días, eran solo niñas ¡Qué más podemos esperar! ¡Estamos solas! ¡Aquí ya no se respeta nada!

Desde su nombramiento como directora general del Instituto Sinaloense de las Mujeres (ISMujeres), hasta la actual posición como “Encargada de Despacho de la Dirección General del Instituto Sinaloense de las Mujeres”, esta funcionaría ha cobrado por sus servicios a la institución casi un millón y medio de pesos.

De acuerdo con el artículo 65 fracción II de la Constitución Política del Estado de Sinaloa el gobernador del estado se encuentra facultado para nombrar y remover a los servidores públicos de su dependencia, cuyo nombramiento y remoción NO ESTÉN determinados de otro modo en la Constitución y demás leyes. Por lo que, en el caso de ISMujeres, es un órgano cuya naturaleza administrativa es DESCENTRALIZADA de la administración pública estatal ¿Qué quiere decir esto?

Son instituciones de la administración pública DESCENTRALIZADA, aquellas en las que, por ejemplo el Poder Ejecutivo, puede delegar o conferir, ciertas funciones para la atención pública de la ciudadanía, para realizar ciertos actos administrativos en beneficio de los mismos, entre otros; por lo que otorga PERSONALIDAD JURÍDICA y PATRIMONIO PROPIO, es decir, un presupuesto para operar los programas públicos y representación legal para celebrar actos administrativos de acuerdo a la materia de su competencia.

En el caso de la titular de ISMujeres, la Ley del Instituto Sinaloense de las Mujeres, es el ordenamiento jurídico que regula el nombramiento de este cargo, expresamente en su artículo 21, el cual establece: “La Directora General será designada, de entre las propuestas que presenten las organizaciones de la sociedad civil, por la persona titular del Poder Ejecutivo Estatal, con ratificación del Congreso del Estado o su Diputación Permanente”.

De acuerdo con el proceso administrativo para el nombramiento de la titular de esta dependencia las organizaciones de la sociedad civil deben PROPONER al gobernador o gobernadora, a la persona que tiene aptitudes para dirigir la política rectora de las mujeres en el estado y posteriormente el titular del ejecutivo estatal solicitar al Poder Legislativo, es decir, a las y los diputados la ratificación del nombramiento de la titular de esta institución.

¿Qué ha pasado hasta ahora?

En 2017, se postularon cinco mujeres a ocupar el cargo de esta institución Reyna Araceli Tirado Gálvez, Rocío Avendaño Gálvez, Ofelia Margarita Tracy Félix, Jesús Martina Beltrán, Rocío Mendoza Cabanillas; la legislatura LXII en aquel momento votó a favor de Reyna Araceli Tirado Gálvez. La historia NO se repitió este año, cuando el plazo por ley concluyó al igual que su encargo como titular de la institución, ya que la bancada morenista NO RATIFICÓ su periodo, pero mediante un oficio Quirino Ordaz Coppel la nombró “Encargada del Despacho de la Dirección General del Instituto Sinaloense de las Mujeres” bajo los artículos 65 fracción segunda, 12 y 15 párrafo primero de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa y 61 del Reglamento Interior del Instituto Sinaloense de las Mujeres.

Los artículos de la ley orgánica establecen en términos generales la forma en la que deberán ser suplidas las AUSENCIAS de los titulares de las dependencias. El reglamento interior de ISMujeres, determina que los servidores públicos que cubran las AUSENCIAS actuarán como encargados del despacho; Araceli Tirado ¿Suple su propia ausencia de directora por encargada?

Lo que es importante precisar es que el propio Reglamento de ISMujeres previene el supuesto de la ausencia de la Directora General, determinando que esta será suplida por la titular del Departamento de Estudios Jurídicos y de Género, Vinculación, de Investigación y Capacitación, de Planeación, de Divulgación y Comunicación y falta de éstos por el de Administración; cabe mencionar que de acuerdo a información pública por la plataforma de transparencia, ninguna de estas funcionarías se ha removido de su encargo durante este año, lo cual quiere decir que la AUSENCIA de la titular de la Institución, siguiendo lo instruido por el reglamento en mención sería que la titular del Departamento de Estudios Jurídicos y de Género, supliera tal AUSENCIA, NO así un NUEVO PUESTO FUERA DE LA CONSTITUCIÓN ESTATAL, DE LA LEY DE ISMUJERES Y SU PROPIO REGLAMENTO, pues al hacer dicho nombramiento no solamente transgrede dicha normatividad, sino que tampoco atiende el acuerdo público del Congreso del Estado de RECHAZAR que Araceli Tirado continúe dirigiendo dicho órgano público.

De acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa, se prevé que son causas que lesionan los intereses públicos fundamentales o su buen despacho, la violación grave a disposición expresa de la Constitución local o de las leyes que de ella emanen y procede el juicio político en contra de cualquier servidor público cuando usurpe atribuciones ¡Esta debería ser tarea de la actual legislatura!

La Constitución local es clara, el gobernador nombra y remueve a los servidores públicos de su dependencia, MIENTRAS que NO EXISTA OTRA FORMA DE NOMBRARLOS, pero en este caso el nombramiento de ISMujeres está sujeto a dos elementos: la postulación por la SOCIEDAD CIVIL, que pareciera en tiempos de Covid-19 está muy ocupada atendiendo a las mujeres y por otro lado la RATIFICACIÓN del CONGRESO LOCAL de este nombramiento.

De acuerdo con la revisión de la fecha del nombramiento como “Encargada del Despacho de la Dirección General del Instituto Sinaloense de las Mujeres” y la fecha en la que se firmó el dictamen donde dos diputadas RECHAZAN la ratificación de la hasta entonces titular de ISMujeres, se desprende que el 04 de febrero el gobernador la nombró encargada y después el 14 de febrero las diputadas Flor Emilia Guerra Mena y Francisca Abello Jordá firmaron tal dictamen ¡Andaba apurado el gober!

Un principio constitucional que vale la pena citar en todo este “Ping Pon” es la división de poderes, al Poder Ejecutivo le corresponde ejercer sus funciones conforme las atribuciones que por normatividad emite el Poder Legislativo; las ausencias de los servidores públicos, se suplen por orden de jerarquía o conforme lo establece las leyes secundarias, para eso existe una estructura orgánica, que es aprobada y regulada conforme a los reglamentos internos y organigrama público; suplir la ausencia del funcionariado NO ES QUITAR, PONER E INVENTAR NOMBRAMIENTOS, precisamente aquí es donde tiene su función principal el derecho administrativo, regular el actuar que atenta el proceso administrativo y constitucional, como es el caso.

Y mientras tanto, durante el periodo de Reyna Araceli Tirado Gálvez como directora y ahora con dicha posición, se han registrado en Sinaloa 193 feminicidios, una Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres que nunca presentó avances contundentes para erradicar este tipo de violencia y que “pareciera” que eso no le toca a la “encargada de despacho”, aunque sí cobra como directora y hasta con bono de puntualidad ($7,400 pesos mensuales) y ahora organiza CHARLAS CON SACERDOTES, CLASES DE YOGA y ASTRONAUTAS ¿Qué más nos falta ver los próximos meses mientras siga en esta posición?

Son 19 aspirantes, que espero hayan obtenido alguna respuesta una vez ingresado sus documentos a la convocatoria pública, pues esto es obligación de la autoridad, dar respuesta a toda solicitud ingresada; sin embargo, ISMujeres a través de información pública menciona que los expedientes de las postulantes NO SE ENCUENTRAN EN LA INSTITUCIÓN, lo que nos hace pensar que no fue así, entonces, ¿en dónde están? ¿Ya se perdieron? o fueron incomodos para la encargada.

En medio de estos procesos a “modo”, hay una realidad atroz: una niña de 14 años y otra de 15, fueron asesinadas y calcinadas.

CORREO: puntosresolutivos09@gmail.com

REDES SOCIALES: Facebook: @NathalieHenderson-Puntos Resolutivos

Twitter: @abg_henderson

Dos niñas asesinadas y quemadas, todavía ardían cuando personas que caminaban por ahí las encontraron; 14 y 15 años, respectivamente. Con esta noticia amanecimos hace unos días, eran solo niñas ¡Qué más podemos esperar! ¡Estamos solas! ¡Aquí ya no se respeta nada!

Desde su nombramiento como directora general del Instituto Sinaloense de las Mujeres (ISMujeres), hasta la actual posición como “Encargada de Despacho de la Dirección General del Instituto Sinaloense de las Mujeres”, esta funcionaría ha cobrado por sus servicios a la institución casi un millón y medio de pesos.

De acuerdo con el artículo 65 fracción II de la Constitución Política del Estado de Sinaloa el gobernador del estado se encuentra facultado para nombrar y remover a los servidores públicos de su dependencia, cuyo nombramiento y remoción NO ESTÉN determinados de otro modo en la Constitución y demás leyes. Por lo que, en el caso de ISMujeres, es un órgano cuya naturaleza administrativa es DESCENTRALIZADA de la administración pública estatal ¿Qué quiere decir esto?

Son instituciones de la administración pública DESCENTRALIZADA, aquellas en las que, por ejemplo el Poder Ejecutivo, puede delegar o conferir, ciertas funciones para la atención pública de la ciudadanía, para realizar ciertos actos administrativos en beneficio de los mismos, entre otros; por lo que otorga PERSONALIDAD JURÍDICA y PATRIMONIO PROPIO, es decir, un presupuesto para operar los programas públicos y representación legal para celebrar actos administrativos de acuerdo a la materia de su competencia.

En el caso de la titular de ISMujeres, la Ley del Instituto Sinaloense de las Mujeres, es el ordenamiento jurídico que regula el nombramiento de este cargo, expresamente en su artículo 21, el cual establece: “La Directora General será designada, de entre las propuestas que presenten las organizaciones de la sociedad civil, por la persona titular del Poder Ejecutivo Estatal, con ratificación del Congreso del Estado o su Diputación Permanente”.

De acuerdo con el proceso administrativo para el nombramiento de la titular de esta dependencia las organizaciones de la sociedad civil deben PROPONER al gobernador o gobernadora, a la persona que tiene aptitudes para dirigir la política rectora de las mujeres en el estado y posteriormente el titular del ejecutivo estatal solicitar al Poder Legislativo, es decir, a las y los diputados la ratificación del nombramiento de la titular de esta institución.

¿Qué ha pasado hasta ahora?

En 2017, se postularon cinco mujeres a ocupar el cargo de esta institución Reyna Araceli Tirado Gálvez, Rocío Avendaño Gálvez, Ofelia Margarita Tracy Félix, Jesús Martina Beltrán, Rocío Mendoza Cabanillas; la legislatura LXII en aquel momento votó a favor de Reyna Araceli Tirado Gálvez. La historia NO se repitió este año, cuando el plazo por ley concluyó al igual que su encargo como titular de la institución, ya que la bancada morenista NO RATIFICÓ su periodo, pero mediante un oficio Quirino Ordaz Coppel la nombró “Encargada del Despacho de la Dirección General del Instituto Sinaloense de las Mujeres” bajo los artículos 65 fracción segunda, 12 y 15 párrafo primero de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa y 61 del Reglamento Interior del Instituto Sinaloense de las Mujeres.

Los artículos de la ley orgánica establecen en términos generales la forma en la que deberán ser suplidas las AUSENCIAS de los titulares de las dependencias. El reglamento interior de ISMujeres, determina que los servidores públicos que cubran las AUSENCIAS actuarán como encargados del despacho; Araceli Tirado ¿Suple su propia ausencia de directora por encargada?

Lo que es importante precisar es que el propio Reglamento de ISMujeres previene el supuesto de la ausencia de la Directora General, determinando que esta será suplida por la titular del Departamento de Estudios Jurídicos y de Género, Vinculación, de Investigación y Capacitación, de Planeación, de Divulgación y Comunicación y falta de éstos por el de Administración; cabe mencionar que de acuerdo a información pública por la plataforma de transparencia, ninguna de estas funcionarías se ha removido de su encargo durante este año, lo cual quiere decir que la AUSENCIA de la titular de la Institución, siguiendo lo instruido por el reglamento en mención sería que la titular del Departamento de Estudios Jurídicos y de Género, supliera tal AUSENCIA, NO así un NUEVO PUESTO FUERA DE LA CONSTITUCIÓN ESTATAL, DE LA LEY DE ISMUJERES Y SU PROPIO REGLAMENTO, pues al hacer dicho nombramiento no solamente transgrede dicha normatividad, sino que tampoco atiende el acuerdo público del Congreso del Estado de RECHAZAR que Araceli Tirado continúe dirigiendo dicho órgano público.

De acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa, se prevé que son causas que lesionan los intereses públicos fundamentales o su buen despacho, la violación grave a disposición expresa de la Constitución local o de las leyes que de ella emanen y procede el juicio político en contra de cualquier servidor público cuando usurpe atribuciones ¡Esta debería ser tarea de la actual legislatura!

La Constitución local es clara, el gobernador nombra y remueve a los servidores públicos de su dependencia, MIENTRAS que NO EXISTA OTRA FORMA DE NOMBRARLOS, pero en este caso el nombramiento de ISMujeres está sujeto a dos elementos: la postulación por la SOCIEDAD CIVIL, que pareciera en tiempos de Covid-19 está muy ocupada atendiendo a las mujeres y por otro lado la RATIFICACIÓN del CONGRESO LOCAL de este nombramiento.

De acuerdo con la revisión de la fecha del nombramiento como “Encargada del Despacho de la Dirección General del Instituto Sinaloense de las Mujeres” y la fecha en la que se firmó el dictamen donde dos diputadas RECHAZAN la ratificación de la hasta entonces titular de ISMujeres, se desprende que el 04 de febrero el gobernador la nombró encargada y después el 14 de febrero las diputadas Flor Emilia Guerra Mena y Francisca Abello Jordá firmaron tal dictamen ¡Andaba apurado el gober!

Un principio constitucional que vale la pena citar en todo este “Ping Pon” es la división de poderes, al Poder Ejecutivo le corresponde ejercer sus funciones conforme las atribuciones que por normatividad emite el Poder Legislativo; las ausencias de los servidores públicos, se suplen por orden de jerarquía o conforme lo establece las leyes secundarias, para eso existe una estructura orgánica, que es aprobada y regulada conforme a los reglamentos internos y organigrama público; suplir la ausencia del funcionariado NO ES QUITAR, PONER E INVENTAR NOMBRAMIENTOS, precisamente aquí es donde tiene su función principal el derecho administrativo, regular el actuar que atenta el proceso administrativo y constitucional, como es el caso.

Y mientras tanto, durante el periodo de Reyna Araceli Tirado Gálvez como directora y ahora con dicha posición, se han registrado en Sinaloa 193 feminicidios, una Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres que nunca presentó avances contundentes para erradicar este tipo de violencia y que “pareciera” que eso no le toca a la “encargada de despacho”, aunque sí cobra como directora y hasta con bono de puntualidad ($7,400 pesos mensuales) y ahora organiza CHARLAS CON SACERDOTES, CLASES DE YOGA y ASTRONAUTAS ¿Qué más nos falta ver los próximos meses mientras siga en esta posición?

Son 19 aspirantes, que espero hayan obtenido alguna respuesta una vez ingresado sus documentos a la convocatoria pública, pues esto es obligación de la autoridad, dar respuesta a toda solicitud ingresada; sin embargo, ISMujeres a través de información pública menciona que los expedientes de las postulantes NO SE ENCUENTRAN EN LA INSTITUCIÓN, lo que nos hace pensar que no fue así, entonces, ¿en dónde están? ¿Ya se perdieron? o fueron incomodos para la encargada.

En medio de estos procesos a “modo”, hay una realidad atroz: una niña de 14 años y otra de 15, fueron asesinadas y calcinadas.

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