/ jueves 8 de abril de 2021

El sentimiento constitucional

Hannah Arendt afirmaba que las cuestiones políticas son demasiado serias para dejarlas en manos de los políticos. Por eso, creo yo, debe contarse con la participación entusiasta de los ciudadanos en las cuestiones públicas de las cosas políticas. Los referentes más importantes los encontramos en el ejercicio regular del voto en las elecciones y en aquel de la defensa y reivindicación de nuestros derechos y garantías ante los excesos y abusos del poder público. Éticamente y valorativamente hablando, vivir y seguir aspirando a vivir en un auténtico Estado democrático y constitucional de Derecho, no solo consiste en hacer valer, activándolas, esas garantías jurídicas; sino también en adherirse, con una voluntad y un ethos comprometido íntimamente, al conjunto del ordenamiento jurídico y a las instituciones y órganos creados colectivamente en eso que hemos dado en llamarle “el Estado”. No solo es cumplir con la ley, sino creer en ella y su aplicación por todos, como algo valioso, bueno e indispensable para la convivencia pacífica y el progreso de toda la comunidad. Eso es lo que la doctrina constitucional más preclara, ha llamado el sentimiento constitucional.

Un reconocido filósofo del Derecho, Sergio Cotta, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad de Roma, en su ¿Qué es el derecho? (Ediciones Rialp, Madrid, 1993) nos dice que los hombres no son del todo extraños entre sí. Lo son por muchas cualidades personales o de grupo, usos, cultura e historia, pero no por una cualidad elemental y a la vez profunda, permanente e insoslayable: la cualidad de ser humano. Si por lo que respecta a sentimientos, inteligencia, riquezas, laboriosidad, nacionalidad y otros, los individuos son, o se van haciendo distintos entre sí, su común cualidad de hombres les pone en un plano de igualdad. Es precisamente esa cualidad –sigue Cotta-, al no encontrar en el modo de vida político plena satisfacción a sus exigencias de coexistencia pacífica y cooperación, la que nos mueve a buscar algo que las garantice en otra parte: en el comportamiento conforme a derecho.

En esta semana se publicaron los principales resultados de la Encuesta Nacional de Cultura Cívica (ENCUCI) 2020, dados a conocer y realizados por el INEGI y el INE, donde, hablando de garantías y entusiasmo democrático y adhesión a las normas fundamentales, la mayoría de los ciudadanos en nuestro país aún confían en la democracia como la mejor forma de gobierno. Datos esperanzadores, pese a lo que pudiera pensarse antes de la encuesta.

En la ENCUCI, el 80.3 por ciento de las personas encuestadas piensan que el voto sirve para que exista un mejor gobierno, el 59.2% señaló que está de acuerdo con la idea de que gracias a los partidos políticos la gente puede participar en la vida política. Otro 58.4% está de acuerdo con que los partidos políticos son necesarios para hacer que el gobierno funcione. La gran mayoría, un 88.7%, dijo estar de acuerdo también con la idea de que, para gobernar un país, es necesario tener un gobierno donde todos participen en la toma de decisiones.

Sin embargo, hay otros datos en la encuesta, que dan para pensarse con menos entusiasmo las cosas, como por ejemplo, que el 77.5% consideró que para gobernar un país es necesario un gobierno encabezado por un líder político fuerte, o el 16.4% que piensa que en algunas circunstancias un gobierno no democrático puede ser mejor, o que a un 14.7% le da lo mismo un régimen democrático que uno no democrático. Y es que hay un alto nivel de insatisfacción, que en buena parte y a grandes rasgos, explica la irrupción del populismo en nuestro continente: un 46.8% de las personas encuestadas, declaró sentirse poco o nada satisfecha con la democracia en el país.

Solo un 27.7% considera que siempre deben obedecerse las leyes, aunque sean injustas y 16.8% piensa que se pueden desobedecer en caso de ser injustas.

Mi maestro don Pablo Lucas Verdú, insigne catedrático de Derecho Político en la universidad Complutense de Madrid, en su libro “El sentimiento constitucional” (Ed. Reus, Madrid, 1985) explica magistralmente el concepto: El sentimiento constitucional consiste en la adhesión interna a las normas e instituciones fundamentales de un país, experimentada con intensidad, más o menos consciente, porque se estiman que son buenas y convenientes para la integración, mantenimiento y desarrollo de una justa convivencia. Desde una concepción técnico-jurídica, se corrobora el interés que el sentimiento constitucional (o sentimiento jurídico) tiene para la efectividad, mantenimiento y progreso del ordenamiento constitucional, puesto que fortifica la adhesión de la ciudadanía al ordenamiento constitucional establecido y a su aplicación y desarrollo por sus operadores políticos.

La historia del constitucionalismo occidental –sigue diciendo Lucas Verdú- corrobora las afirmaciones del ilustre constitucionalista Pellegrino Rossi, dichas en su Curso, que inauguró la cátedra de Derecho constitucional en la Sorbona a mediados del siglo antepasado. El paso del Antiguo Régimen, en Francia, al Estado constitucional se expresa como el apasionado deseo del pueblo de tener Constitución y de estar constituidos (en una ordenación racional de la convivencia política). Rossi afirmaba también que el hombre sensible e inteligente, aspira al bienestar para evitar el dolor y buscar el placer, de modo que ya en la frase del constitucionalista italiano aparecen los dos elementos (emocional e intelectivo) y el carácter algedónico (relativo al placer y dolor al mismo tiempo) propios del sentimiento constitucional.

Hay que favorecer las condiciones para que surja y se mantenga ese sentimiento constitucional, también en su forma de corrección constitucional (corretezza costituzionale, en la doctrina italiana), para hacer propios los valores éticos de los principios jurídico-políticos que nos permitan seguir construyendo instituciones y protegiéndolas de los ataques de la demagogia y el autoritarismo.

Hannah Arendt afirmaba que las cuestiones políticas son demasiado serias para dejarlas en manos de los políticos. Por eso, creo yo, debe contarse con la participación entusiasta de los ciudadanos en las cuestiones públicas de las cosas políticas. Los referentes más importantes los encontramos en el ejercicio regular del voto en las elecciones y en aquel de la defensa y reivindicación de nuestros derechos y garantías ante los excesos y abusos del poder público. Éticamente y valorativamente hablando, vivir y seguir aspirando a vivir en un auténtico Estado democrático y constitucional de Derecho, no solo consiste en hacer valer, activándolas, esas garantías jurídicas; sino también en adherirse, con una voluntad y un ethos comprometido íntimamente, al conjunto del ordenamiento jurídico y a las instituciones y órganos creados colectivamente en eso que hemos dado en llamarle “el Estado”. No solo es cumplir con la ley, sino creer en ella y su aplicación por todos, como algo valioso, bueno e indispensable para la convivencia pacífica y el progreso de toda la comunidad. Eso es lo que la doctrina constitucional más preclara, ha llamado el sentimiento constitucional.

Un reconocido filósofo del Derecho, Sergio Cotta, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad de Roma, en su ¿Qué es el derecho? (Ediciones Rialp, Madrid, 1993) nos dice que los hombres no son del todo extraños entre sí. Lo son por muchas cualidades personales o de grupo, usos, cultura e historia, pero no por una cualidad elemental y a la vez profunda, permanente e insoslayable: la cualidad de ser humano. Si por lo que respecta a sentimientos, inteligencia, riquezas, laboriosidad, nacionalidad y otros, los individuos son, o se van haciendo distintos entre sí, su común cualidad de hombres les pone en un plano de igualdad. Es precisamente esa cualidad –sigue Cotta-, al no encontrar en el modo de vida político plena satisfacción a sus exigencias de coexistencia pacífica y cooperación, la que nos mueve a buscar algo que las garantice en otra parte: en el comportamiento conforme a derecho.

En esta semana se publicaron los principales resultados de la Encuesta Nacional de Cultura Cívica (ENCUCI) 2020, dados a conocer y realizados por el INEGI y el INE, donde, hablando de garantías y entusiasmo democrático y adhesión a las normas fundamentales, la mayoría de los ciudadanos en nuestro país aún confían en la democracia como la mejor forma de gobierno. Datos esperanzadores, pese a lo que pudiera pensarse antes de la encuesta.

En la ENCUCI, el 80.3 por ciento de las personas encuestadas piensan que el voto sirve para que exista un mejor gobierno, el 59.2% señaló que está de acuerdo con la idea de que gracias a los partidos políticos la gente puede participar en la vida política. Otro 58.4% está de acuerdo con que los partidos políticos son necesarios para hacer que el gobierno funcione. La gran mayoría, un 88.7%, dijo estar de acuerdo también con la idea de que, para gobernar un país, es necesario tener un gobierno donde todos participen en la toma de decisiones.

Sin embargo, hay otros datos en la encuesta, que dan para pensarse con menos entusiasmo las cosas, como por ejemplo, que el 77.5% consideró que para gobernar un país es necesario un gobierno encabezado por un líder político fuerte, o el 16.4% que piensa que en algunas circunstancias un gobierno no democrático puede ser mejor, o que a un 14.7% le da lo mismo un régimen democrático que uno no democrático. Y es que hay un alto nivel de insatisfacción, que en buena parte y a grandes rasgos, explica la irrupción del populismo en nuestro continente: un 46.8% de las personas encuestadas, declaró sentirse poco o nada satisfecha con la democracia en el país.

Solo un 27.7% considera que siempre deben obedecerse las leyes, aunque sean injustas y 16.8% piensa que se pueden desobedecer en caso de ser injustas.

Mi maestro don Pablo Lucas Verdú, insigne catedrático de Derecho Político en la universidad Complutense de Madrid, en su libro “El sentimiento constitucional” (Ed. Reus, Madrid, 1985) explica magistralmente el concepto: El sentimiento constitucional consiste en la adhesión interna a las normas e instituciones fundamentales de un país, experimentada con intensidad, más o menos consciente, porque se estiman que son buenas y convenientes para la integración, mantenimiento y desarrollo de una justa convivencia. Desde una concepción técnico-jurídica, se corrobora el interés que el sentimiento constitucional (o sentimiento jurídico) tiene para la efectividad, mantenimiento y progreso del ordenamiento constitucional, puesto que fortifica la adhesión de la ciudadanía al ordenamiento constitucional establecido y a su aplicación y desarrollo por sus operadores políticos.

La historia del constitucionalismo occidental –sigue diciendo Lucas Verdú- corrobora las afirmaciones del ilustre constitucionalista Pellegrino Rossi, dichas en su Curso, que inauguró la cátedra de Derecho constitucional en la Sorbona a mediados del siglo antepasado. El paso del Antiguo Régimen, en Francia, al Estado constitucional se expresa como el apasionado deseo del pueblo de tener Constitución y de estar constituidos (en una ordenación racional de la convivencia política). Rossi afirmaba también que el hombre sensible e inteligente, aspira al bienestar para evitar el dolor y buscar el placer, de modo que ya en la frase del constitucionalista italiano aparecen los dos elementos (emocional e intelectivo) y el carácter algedónico (relativo al placer y dolor al mismo tiempo) propios del sentimiento constitucional.

Hay que favorecer las condiciones para que surja y se mantenga ese sentimiento constitucional, también en su forma de corrección constitucional (corretezza costituzionale, en la doctrina italiana), para hacer propios los valores éticos de los principios jurídico-políticos que nos permitan seguir construyendo instituciones y protegiéndolas de los ataques de la demagogia y el autoritarismo.