/ martes 26 de noviembre de 2019

El refrendo de la militancia en los partidos políticos durante 2019

El 23 de enero de este año, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por amplia mayoría, tomó una resolución de la mayor transcendencia para ordenar adecuadamente la vida interna de los partidos y ofrecer una mayor garantía a los derechos políticos de los ciudadanos afiliados a algún partido, sea nacional o local.

Se trata del “Acuerdo por el que se aprueba la implementación de manera excepcional de un procedimiento para la revisión, actualización y sistematización de los padrones de afiliadas y afiliados de los partidos políticos”, consultable en medios digitales con el folio institucional INE/CG33/2019.

Este acuerdo fue resultado de una serie de reuniones de trabajo que se desarrollaron durante 2018 en la Ciudad de México, donde el INE y los representantes de los partidos buscaron la forma de resolver una verdadera asignatura pendiente de nuestra democracia, un asunto incluso de pena ajena para el viejo sistema de partidos: la poca credibilidad de los padrones de militantes.

Para darnos una idea de la magnitud del problema, de 2014 al 22 de enero de 2019, el INE tenía registradas 19,186 denuncias por “indebida afiliación” a algún partido político (o renuncias no tramitadas con la baja respectiva).

Como es sabido, desde 2014, con su clave de elector todo ciudadano puede consultar en la página del INE si se encuentra afiliado a algún partido político. Han sido miles los mexicanos molestos que se han quejado jurídicamente por aparecer allí sin su consentimiento. Y en el 97% de los casos, esas quejas han sido procedentes y las multas alcanzan alrededor de 27 millones y medio de pesos, siendo el PRI, el PT y el Partido Verde los más sancionados, con 6.5 millones, 6.1 millones y 4 millones, respectivamente.

Para atender esta situación, todos los partidos nacionales están llevando a cabo en este momento una jornada de “ratificación o refrendo y afiliación” de militantes, que tiene como objeto que todos sus militantes que aparezcan como tal registrados en el Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos, tengan un sustento documental, es decir, su hoja de afiliación firmada de puño y letra.

En este punto quiero destacar que hasta ahora ningún partido local ha sido multado por este concepto de “afiliación indebida”. En el caso del Partido Sinaloense (PAS), sin estar obligado por este instrumento jurídico, se está realizando la Campaña Estatal de Afiliación para seguir dándole certeza a todos los sinaloenses que el PAS cuenta con una militancia real, verdadera, debidamente documentada, una estructura verificable y, sobre todo, respeto y protección a los datos personales de las mujeres y los hombres que han decidido incorporarse a este partido.

El próximo 31 de enero vencerá este plazo para que los partidos nacionales cumplan con el proceso “excepcional” de depuración, actualización y documentación de su padrón de afiliados, que coincide con la fecha en que lo nuevos partidos deberán entregar también sus expedientes con las listas de sus militantes. Esto fue programado así por el INE para revisar integralmente, durante febrero y marzo, los casos de doble afiliación mediante las compulsas interpartidarias (partidos locales, nacionales y en formación) a las que obliga la Ley General de Partidos Políticos.

Posteriormente, a partir de abril, el INE verificará (como lo hizo en 2014 y 2017) que todos los partidos políticos, nacionales y locales, superen lo establecido en la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 94, párrafo 1, inciso d): “es causa de pérdida de registro como partido político, haber dejado de cumplir con los requisitos necesarios para obtener el registro”. Uno de ellos es contar con el requisito mínimo de afiliaciones equivalente al 0.26% del padrón electoral, cerca de 234,000 para los partidos nacionales y 5,500 para los partidos locales. El PAS aspira a refrendar los 60,000 afiliados a finales del presente año y llegar a los 100,000 al cierre el próximo 31 de marzo de 2020.

Por último, quiero reiterar mi absoluto compromiso con el ejercicio del derecho humano a la participación política que en nuestro país se ejerce sobre todo a través de la afiliación a un partido político, prerrogativa establecida en el artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el cual proclama que toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación, y que a su vez retoma el artículo 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cuando señala que “todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales o de cualquier otra índole”.

Gracias y que tengan una excelente semana.

El 23 de enero de este año, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por amplia mayoría, tomó una resolución de la mayor transcendencia para ordenar adecuadamente la vida interna de los partidos y ofrecer una mayor garantía a los derechos políticos de los ciudadanos afiliados a algún partido, sea nacional o local.

Se trata del “Acuerdo por el que se aprueba la implementación de manera excepcional de un procedimiento para la revisión, actualización y sistematización de los padrones de afiliadas y afiliados de los partidos políticos”, consultable en medios digitales con el folio institucional INE/CG33/2019.

Este acuerdo fue resultado de una serie de reuniones de trabajo que se desarrollaron durante 2018 en la Ciudad de México, donde el INE y los representantes de los partidos buscaron la forma de resolver una verdadera asignatura pendiente de nuestra democracia, un asunto incluso de pena ajena para el viejo sistema de partidos: la poca credibilidad de los padrones de militantes.

Para darnos una idea de la magnitud del problema, de 2014 al 22 de enero de 2019, el INE tenía registradas 19,186 denuncias por “indebida afiliación” a algún partido político (o renuncias no tramitadas con la baja respectiva).

Como es sabido, desde 2014, con su clave de elector todo ciudadano puede consultar en la página del INE si se encuentra afiliado a algún partido político. Han sido miles los mexicanos molestos que se han quejado jurídicamente por aparecer allí sin su consentimiento. Y en el 97% de los casos, esas quejas han sido procedentes y las multas alcanzan alrededor de 27 millones y medio de pesos, siendo el PRI, el PT y el Partido Verde los más sancionados, con 6.5 millones, 6.1 millones y 4 millones, respectivamente.

Para atender esta situación, todos los partidos nacionales están llevando a cabo en este momento una jornada de “ratificación o refrendo y afiliación” de militantes, que tiene como objeto que todos sus militantes que aparezcan como tal registrados en el Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos, tengan un sustento documental, es decir, su hoja de afiliación firmada de puño y letra.

En este punto quiero destacar que hasta ahora ningún partido local ha sido multado por este concepto de “afiliación indebida”. En el caso del Partido Sinaloense (PAS), sin estar obligado por este instrumento jurídico, se está realizando la Campaña Estatal de Afiliación para seguir dándole certeza a todos los sinaloenses que el PAS cuenta con una militancia real, verdadera, debidamente documentada, una estructura verificable y, sobre todo, respeto y protección a los datos personales de las mujeres y los hombres que han decidido incorporarse a este partido.

El próximo 31 de enero vencerá este plazo para que los partidos nacionales cumplan con el proceso “excepcional” de depuración, actualización y documentación de su padrón de afiliados, que coincide con la fecha en que lo nuevos partidos deberán entregar también sus expedientes con las listas de sus militantes. Esto fue programado así por el INE para revisar integralmente, durante febrero y marzo, los casos de doble afiliación mediante las compulsas interpartidarias (partidos locales, nacionales y en formación) a las que obliga la Ley General de Partidos Políticos.

Posteriormente, a partir de abril, el INE verificará (como lo hizo en 2014 y 2017) que todos los partidos políticos, nacionales y locales, superen lo establecido en la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 94, párrafo 1, inciso d): “es causa de pérdida de registro como partido político, haber dejado de cumplir con los requisitos necesarios para obtener el registro”. Uno de ellos es contar con el requisito mínimo de afiliaciones equivalente al 0.26% del padrón electoral, cerca de 234,000 para los partidos nacionales y 5,500 para los partidos locales. El PAS aspira a refrendar los 60,000 afiliados a finales del presente año y llegar a los 100,000 al cierre el próximo 31 de marzo de 2020.

Por último, quiero reiterar mi absoluto compromiso con el ejercicio del derecho humano a la participación política que en nuestro país se ejerce sobre todo a través de la afiliación a un partido político, prerrogativa establecida en el artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el cual proclama que toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación, y que a su vez retoma el artículo 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cuando señala que “todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales o de cualquier otra índole”.

Gracias y que tengan una excelente semana.