/ lunes 29 de julio de 2019

EL ESTRÉS LABORAL, LE COSTARÁ AL PATRÓN

En cuántas ocasiones Usted ha recibido llamadas laborales fuera de su horario de trabajo, irrumpiendo su convivencia familiar o descanso personal después de una jornada de más de 8 horas. En cuántas ocasiones también ha tenido insomnio por vivir acontecimientos violentos en su centro de trabajo… Le comento, esto genera estrés laboral.

Si recordó vivir algunos de los acontecimientos citados, es necesario remontarnos a los orígenes de la palabra trabajo que viene del latín “trabs-trabis” o bien, la primera forma de trabajo que se desarrolló en la Edad Media: la esclavitud; cuando después de las batallas, los vencedores sacrificaban a los perdedores, para hacerlos sus esclavos.

En México fue hasta la Constitución de 1917 que se reconoció el derecho al trabajo, el cuál pretendía garantizar un trabajo digno para las personas. Sin embargo, aún con la Ley Federal del Trabajo, el trabajador pareciera todavía un artículo de comercio para el patrón.

Desde 1984, el comité mixto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), reconocían la importancia de desarrollar acciones preventivas para atender los factores psicosociales. Sin embargo, después de 32 años, México trabajó el proyecto de la Norma Oficial Mexicana de factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención.

El objetivo de la NOM-035-STPS-2018 es identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno organizacional favorable, ya que conforme a un estudio realizado por la OMS en 2017 el 75% de la ciudadanía laboralmente activa padece fatiga por estrés laboral, lo que provoca en muchos casos ansiedad, miedo, dificultad de concentración, dolor de cabeza, problemas en la espalda, entre otros síntomas generados por un pésimo ambiente laboral o acontecimientos violentos en el centro de trabajo.

Es por ello que, a partir del mes de octubre de 2019, será obligatoria para todos los centros de trabajo atender la aplicación de esta NOM, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o una empresa certificadora autorizada, aplicará diferentes cuestionarios para identificar los factores psicosociales realizando planteamientos, tales como: ¿EN MI TRABAJO ME DAN ÓRDENES CONTRADICTORIAS? ¿MI JEFE ME COMUNICA A TIEMPO LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL TRABAJO? ¿HE PRESENCIADO ACTOS DE VIOLENCIA EN MI CENTRO DE TRABAJO?, entre otras.

Los planteamientos anteriores, se realizarán de forma aleatoria con el personal del centro de trabajo y los resultados de dichos cuestionarios determinarán el nivel de riesgo en que se encuentran las y los colaboradores de tener algún trastorno de ansiedad, dolores de cabeza, de espalda, confusión, miedo, derivados de la sobrecarga del trabajo o por las relaciones violentas en el trabajo.

Por lo que de identificarse alguno de estos factores psicosociales en la población laboralmente activa, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, deberá ordenar la implementación de programas de sensibilización, prevención de violencia, promoción del entorno organizacional e impondrá multas hasta de $422,450 mil pesos para el patrón, conforme lo prevé de la Ley Federal del Trabajo.

En caso de que Usted, se encuentre trabajando y haya notado alguno de estos síntomas es importante acudir a las instituciones de salud y del trabajo, ya que esto se considera un RIESGO DE TRABAJO, el cual se debe atender en los centros de salud y ante la procuraduría del trabajo. No solamente esta norma regula la violencia laboral que se vive a diario, sino también su aplicación será en vinculación con la NMX-R-025-SCFI-2015, de la cuál comentaré su obligatoriedad en la siguiente publicación de “Puntos Resolutivos”.

Nathalie Elizabeth Henderson Inzunza, es abogada postulante desde hace 12 años. Es consultora en proyectos sociales y catedrática en las materias de derecho fiscal, ambiental, laboral y comercio exterior. Estudió en la Escuela Libre de Derecho de Sinaloa, la licenciatura en derecho y posteriormente especialidad en derecho fiscal y maestría en derecho en el Posgrado de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Correo: puntosresolutivos09@gmail.com

En cuántas ocasiones Usted ha recibido llamadas laborales fuera de su horario de trabajo, irrumpiendo su convivencia familiar o descanso personal después de una jornada de más de 8 horas. En cuántas ocasiones también ha tenido insomnio por vivir acontecimientos violentos en su centro de trabajo… Le comento, esto genera estrés laboral.

Si recordó vivir algunos de los acontecimientos citados, es necesario remontarnos a los orígenes de la palabra trabajo que viene del latín “trabs-trabis” o bien, la primera forma de trabajo que se desarrolló en la Edad Media: la esclavitud; cuando después de las batallas, los vencedores sacrificaban a los perdedores, para hacerlos sus esclavos.

En México fue hasta la Constitución de 1917 que se reconoció el derecho al trabajo, el cuál pretendía garantizar un trabajo digno para las personas. Sin embargo, aún con la Ley Federal del Trabajo, el trabajador pareciera todavía un artículo de comercio para el patrón.

Desde 1984, el comité mixto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), reconocían la importancia de desarrollar acciones preventivas para atender los factores psicosociales. Sin embargo, después de 32 años, México trabajó el proyecto de la Norma Oficial Mexicana de factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención.

El objetivo de la NOM-035-STPS-2018 es identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno organizacional favorable, ya que conforme a un estudio realizado por la OMS en 2017 el 75% de la ciudadanía laboralmente activa padece fatiga por estrés laboral, lo que provoca en muchos casos ansiedad, miedo, dificultad de concentración, dolor de cabeza, problemas en la espalda, entre otros síntomas generados por un pésimo ambiente laboral o acontecimientos violentos en el centro de trabajo.

Es por ello que, a partir del mes de octubre de 2019, será obligatoria para todos los centros de trabajo atender la aplicación de esta NOM, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o una empresa certificadora autorizada, aplicará diferentes cuestionarios para identificar los factores psicosociales realizando planteamientos, tales como: ¿EN MI TRABAJO ME DAN ÓRDENES CONTRADICTORIAS? ¿MI JEFE ME COMUNICA A TIEMPO LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL TRABAJO? ¿HE PRESENCIADO ACTOS DE VIOLENCIA EN MI CENTRO DE TRABAJO?, entre otras.

Los planteamientos anteriores, se realizarán de forma aleatoria con el personal del centro de trabajo y los resultados de dichos cuestionarios determinarán el nivel de riesgo en que se encuentran las y los colaboradores de tener algún trastorno de ansiedad, dolores de cabeza, de espalda, confusión, miedo, derivados de la sobrecarga del trabajo o por las relaciones violentas en el trabajo.

Por lo que de identificarse alguno de estos factores psicosociales en la población laboralmente activa, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, deberá ordenar la implementación de programas de sensibilización, prevención de violencia, promoción del entorno organizacional e impondrá multas hasta de $422,450 mil pesos para el patrón, conforme lo prevé de la Ley Federal del Trabajo.

En caso de que Usted, se encuentre trabajando y haya notado alguno de estos síntomas es importante acudir a las instituciones de salud y del trabajo, ya que esto se considera un RIESGO DE TRABAJO, el cual se debe atender en los centros de salud y ante la procuraduría del trabajo. No solamente esta norma regula la violencia laboral que se vive a diario, sino también su aplicación será en vinculación con la NMX-R-025-SCFI-2015, de la cuál comentaré su obligatoriedad en la siguiente publicación de “Puntos Resolutivos”.

Nathalie Elizabeth Henderson Inzunza, es abogada postulante desde hace 12 años. Es consultora en proyectos sociales y catedrática en las materias de derecho fiscal, ambiental, laboral y comercio exterior. Estudió en la Escuela Libre de Derecho de Sinaloa, la licenciatura en derecho y posteriormente especialidad en derecho fiscal y maestría en derecho en el Posgrado de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Correo: puntosresolutivos09@gmail.com