/ lunes 22 de junio de 2020

Desintegración de CONAPRED, golpe a grupos vulnerables


La denominación de los organismos públicos NO es determinante para que las personas accedan a sus derechos, lo que SÍ resuelve su acceso es la correcta aplicación de la ley, el ejercicio de las políticas públicas, así como la honestidad y el compromiso de sus titulares.

Hasta el 2015 de acuerdo al INEGI, la población en México era de más 119 millones de personas que habitaban en el país de las cuales más de 61 millones son mujeres y 58 millones son hombres. Más de 25 millones de personas se autoreconocen indígenas, el 51.3% son mujeres y el 48.7% son hombres. Los cinco primeros estados con mayor población indígena son Oaxaca, Yucatán, Campeche, Quintana Roo e Hidalgo; Sinaloa se encuentra en la posición 21 a nivel nacional donde viven indígenas.

En cuanto a la población afrodescendiente en el país habitan más de un millón de personas donde el 51% son mujeres y el 49% son hombres. Los cinco primeros estados con mayor número de afrodescendientes son Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Estado de México y Ciudad de México; en Sinaloa de acuerdo a la Encuesta Intercensal del 2015 aún no se identificaba que radicará esta población en el Estado.

Hasta el 2017, el 3.2% de la población de más de 18 años en México se identificó como bisexual, gay o lesbiana u con alguna otra orientación sexual, más del 30% de esta población manifestó que había sufrido algún tipo de discriminación o negación al acceso a sus derechos.

Desde el año de 1921, México es parte de la Convención Internacional para la Supresión de la Trata de Mujeres y Menores, uno de los primeros acuerdos internacionales para garantizar los derechos de la población en los estados parte. Hasta el año 2003, nuestro país había suscrito 106 instrumentos internacionales firmados, de los cuáles 30 de ellos son declaraciones internacionales y 76 tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Fue hasta el año 2011, cuando constitucionalmente se reformó el artículo 1 donde se prevé como obligación general del estado mexicano PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER y GARANTIZAR los derechos humanos ¿Cómo se ha atendido esto en México?

Una de las estrategias para que el estado cumpla con sus obligaciones generales en materia de derechos humanos ha sido la publicación de reformas constitucionales, donde se visibiliza y reitera que “todas las personas gozarán de los derechos humanos”, quedando expresamente prohibido toda forma de esclavitud y discriminación; así como el reconocimiento constitucional de la igualdad entre el hombre y la mujer y el derecho a los pueblos indígenas.

Derivado de las reformas constitucionales se han publicado leyes secundarias para el cumplimiento de las obligaciones constitucionales, por lo que en 2003 se publica la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) y Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en 2006 la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en 2007 la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entre otros ordenamientos jurídicos que han permitido orientar el cumplimiento de algunas de las obligaciones generales del estado mexicano frente a los derechos humanos.

A partir de la emisión de dichos ordenamientos jurídicos se han creado organismos facultados para el cumplimiento de la normatividad en materia de derechos humanos, como en 2003 el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) en 2001, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) en 2009 y el reciente órgano en 2018 el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI).

La principal función de estos órganos de la administración pública federal es garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de los grupos más vulnerables en el país, ya que hasta el 2017 el INEGI daba a conocer que el 20.2% de la población total en México sufría algún tipo de discriminación prevaleciendo estos actos por condiciones de arreglo personal, peso o estatura, edad y creencias religiosas. Siendo los estados de Puebla, Colima, Guerrero, Oaxaca y Morelos donde prevalecen este tipo de actos de discriminación entre la población.

¿Cómo han contribuido estos organismos en el cumplimiento de las obligaciones del Estado?

La primera encuesta que visibilizó la discriminación en México se realizó en el año 2005, dos años después de la creación de CONAPRED, donde el primer planteamiento era: “Según los mexicanos y mexicanas ¿Qué es la discriminación?”. También anotaban la estadística que refería que el 48% de la población no estaba dispuesta a permitir que en su casa habitara una persona homosexual y entre el 15% a 20% una persona indígena. En la última encuesta de este tipo se contabilizan los estados que permiten el matrimonio igualitario, y también visibilizan que el 75.6% de la población considera que “las personas indígenas son poco valoradas por la mayoría de la gente” ¡Un gran salto!

La primer encuesta que visibilizó el rol de la mujer en el hogar que impulsó INMUJERES fue en el año 2003, donde solamente eran encuestadas las mujeres de 15 años y más que vivieran con una pareja en vivienda, el planteamiento consistía en identificar los datos sociodemográficos de los miembros residentes en la vivienda; las últimas encuestas con perspectiva de género arrojan que el 60.6% de la población femenina entre los 3 a 29 años tiene acceso a la educación y el 34.7% un empleo directivo en el sector público o privado.

El peso de esta infraestructura burocrática federal para este ejercicio fiscal es de más de 333 millones de pesos para atender los asuntos sobre discriminación, más mil millones de pesos para las mujeres y más de 104 mil millones de pesos para el desarrollo integral de los pueblos indígenas.

¿Quiénes pueden ser titulares de estos órganos federales?

Los requisitos para ser titular de estos organismos en la mayoría de los casos es tener la ciudadanía mexicana, no estar privado de su libertad, ser honorable, en algunos casos demostrar experiencia en el tema que dirigirá y en el caso del INPI pertenecer a un pueblo indígena, afromexicano y hablar lengua indígena.

Para atender a estos grupos, en Sinaloa se destinó para este año más de 19 millones para el programa de educación libre de violencia y discriminación que ejerce el Instituto Sinaloense de la Juventud, más de 15 millones que ejerce el Instituto Sinaloense de las Mujeres, 672 millones que ejerce la Secretaría General de Gobierno del Estado y la Comisión Estatal de Derechos Humanos con más de 30 millones, quienes como órganos estatales previstos en los ordenamientos locales se encuentran enfocados a atender estos programas a nivel local ¿Será?

SÍ, la infraestructura burocrática pesa, cuando definitivamente los servicios que brinda el estado NO marcan estrategias que atiendan los diagnósticos sociales claros y visibles. El avance normativo se ha venido transformando de acuerdo a las necesidades sociales, por qué NO pasa lo mismo con los programas que ejercen las instituciones.

Desaparecer las instituciones NO es la solución, ni debe estar sujeto a la opinión pública ni presidencial, son acuerdos internacionales, normas constitucionales, leyes secundarias, las que conforman esta infraestructura. La CONAPRED vá más allá de un evento que se canceló por un Youtuber, de una titular que decidió irse, de consejeros que decidieron renunciar o finalmente cambiarle el nombre a la comisión.

¡Que la objetividad y la conciencia prevalezcan!


La denominación de los organismos públicos NO es determinante para que las personas accedan a sus derechos, lo que SÍ resuelve su acceso es la correcta aplicación de la ley, el ejercicio de las políticas públicas, así como la honestidad y el compromiso de sus titulares.

Hasta el 2015 de acuerdo al INEGI, la población en México era de más 119 millones de personas que habitaban en el país de las cuales más de 61 millones son mujeres y 58 millones son hombres. Más de 25 millones de personas se autoreconocen indígenas, el 51.3% son mujeres y el 48.7% son hombres. Los cinco primeros estados con mayor población indígena son Oaxaca, Yucatán, Campeche, Quintana Roo e Hidalgo; Sinaloa se encuentra en la posición 21 a nivel nacional donde viven indígenas.

En cuanto a la población afrodescendiente en el país habitan más de un millón de personas donde el 51% son mujeres y el 49% son hombres. Los cinco primeros estados con mayor número de afrodescendientes son Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Estado de México y Ciudad de México; en Sinaloa de acuerdo a la Encuesta Intercensal del 2015 aún no se identificaba que radicará esta población en el Estado.

Hasta el 2017, el 3.2% de la población de más de 18 años en México se identificó como bisexual, gay o lesbiana u con alguna otra orientación sexual, más del 30% de esta población manifestó que había sufrido algún tipo de discriminación o negación al acceso a sus derechos.

Desde el año de 1921, México es parte de la Convención Internacional para la Supresión de la Trata de Mujeres y Menores, uno de los primeros acuerdos internacionales para garantizar los derechos de la población en los estados parte. Hasta el año 2003, nuestro país había suscrito 106 instrumentos internacionales firmados, de los cuáles 30 de ellos son declaraciones internacionales y 76 tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Fue hasta el año 2011, cuando constitucionalmente se reformó el artículo 1 donde se prevé como obligación general del estado mexicano PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER y GARANTIZAR los derechos humanos ¿Cómo se ha atendido esto en México?

Una de las estrategias para que el estado cumpla con sus obligaciones generales en materia de derechos humanos ha sido la publicación de reformas constitucionales, donde se visibiliza y reitera que “todas las personas gozarán de los derechos humanos”, quedando expresamente prohibido toda forma de esclavitud y discriminación; así como el reconocimiento constitucional de la igualdad entre el hombre y la mujer y el derecho a los pueblos indígenas.

Derivado de las reformas constitucionales se han publicado leyes secundarias para el cumplimiento de las obligaciones constitucionales, por lo que en 2003 se publica la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) y Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en 2006 la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en 2007 la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entre otros ordenamientos jurídicos que han permitido orientar el cumplimiento de algunas de las obligaciones generales del estado mexicano frente a los derechos humanos.

A partir de la emisión de dichos ordenamientos jurídicos se han creado organismos facultados para el cumplimiento de la normatividad en materia de derechos humanos, como en 2003 el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) en 2001, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) en 2009 y el reciente órgano en 2018 el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI).

La principal función de estos órganos de la administración pública federal es garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de los grupos más vulnerables en el país, ya que hasta el 2017 el INEGI daba a conocer que el 20.2% de la población total en México sufría algún tipo de discriminación prevaleciendo estos actos por condiciones de arreglo personal, peso o estatura, edad y creencias religiosas. Siendo los estados de Puebla, Colima, Guerrero, Oaxaca y Morelos donde prevalecen este tipo de actos de discriminación entre la población.

¿Cómo han contribuido estos organismos en el cumplimiento de las obligaciones del Estado?

La primera encuesta que visibilizó la discriminación en México se realizó en el año 2005, dos años después de la creación de CONAPRED, donde el primer planteamiento era: “Según los mexicanos y mexicanas ¿Qué es la discriminación?”. También anotaban la estadística que refería que el 48% de la población no estaba dispuesta a permitir que en su casa habitara una persona homosexual y entre el 15% a 20% una persona indígena. En la última encuesta de este tipo se contabilizan los estados que permiten el matrimonio igualitario, y también visibilizan que el 75.6% de la población considera que “las personas indígenas son poco valoradas por la mayoría de la gente” ¡Un gran salto!

La primer encuesta que visibilizó el rol de la mujer en el hogar que impulsó INMUJERES fue en el año 2003, donde solamente eran encuestadas las mujeres de 15 años y más que vivieran con una pareja en vivienda, el planteamiento consistía en identificar los datos sociodemográficos de los miembros residentes en la vivienda; las últimas encuestas con perspectiva de género arrojan que el 60.6% de la población femenina entre los 3 a 29 años tiene acceso a la educación y el 34.7% un empleo directivo en el sector público o privado.

El peso de esta infraestructura burocrática federal para este ejercicio fiscal es de más de 333 millones de pesos para atender los asuntos sobre discriminación, más mil millones de pesos para las mujeres y más de 104 mil millones de pesos para el desarrollo integral de los pueblos indígenas.

¿Quiénes pueden ser titulares de estos órganos federales?

Los requisitos para ser titular de estos organismos en la mayoría de los casos es tener la ciudadanía mexicana, no estar privado de su libertad, ser honorable, en algunos casos demostrar experiencia en el tema que dirigirá y en el caso del INPI pertenecer a un pueblo indígena, afromexicano y hablar lengua indígena.

Para atender a estos grupos, en Sinaloa se destinó para este año más de 19 millones para el programa de educación libre de violencia y discriminación que ejerce el Instituto Sinaloense de la Juventud, más de 15 millones que ejerce el Instituto Sinaloense de las Mujeres, 672 millones que ejerce la Secretaría General de Gobierno del Estado y la Comisión Estatal de Derechos Humanos con más de 30 millones, quienes como órganos estatales previstos en los ordenamientos locales se encuentran enfocados a atender estos programas a nivel local ¿Será?

SÍ, la infraestructura burocrática pesa, cuando definitivamente los servicios que brinda el estado NO marcan estrategias que atiendan los diagnósticos sociales claros y visibles. El avance normativo se ha venido transformando de acuerdo a las necesidades sociales, por qué NO pasa lo mismo con los programas que ejercen las instituciones.

Desaparecer las instituciones NO es la solución, ni debe estar sujeto a la opinión pública ni presidencial, son acuerdos internacionales, normas constitucionales, leyes secundarias, las que conforman esta infraestructura. La CONAPRED vá más allá de un evento que se canceló por un Youtuber, de una titular que decidió irse, de consejeros que decidieron renunciar o finalmente cambiarle el nombre a la comisión.

¡Que la objetividad y la conciencia prevalezcan!