/ jueves 19 de septiembre de 2019

Amnistía en Sinaloa

Las personas que hayan cometido delitos no graves, como son los que proceden de pueblos originarios, las mujeres que hayan abortado, quienes participaron en narcomenudeo y los que se encuentren en pobreza extrema, podrán ser sujetos de amnistía, si cumplen los extremos que indica la ley.


Esto será a nivel federal, de aprobarse la iniciativa presentada por el presidente López Obrador ante la Cámara de Diputados, y en un momento posterior, previos acuerdos con la Secretaría de Gobernación con los poderes legislativos locales, se elaborará la ley local, que atienda a los delitos del orden común, para cumplir con lo dispuesto por el artículo segundo transitorio de la propuesta.


Entonces, ya debe prepararse el Congreso del Estado de Sinaloa, con el inicio de los estudios pertinentes, para que a la brevedad, después de la expedición de la ley federal de amnistía, se analice la iniciativa que será presentada en el Estado, que atienda a lo regional, para que obtengan su libertad incondicional estas personas pertenecientes a los grupos vulnerables que se encuentren en las hipótesis descritas.



1. AMNISTÍA


El Diccionario de la Real Academia Española, dice que amnistía viene de amnesia y significa el olvido legal de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores.


Por su parte, el Diccionario Jurídico Mexicano, expresa que es un acto del Poder Legislativo que ordena el olvido oficial de una o varias categorías de delitos, aboliendo bien los procesos comenzados o que han de comenzarse, bien las condenas pronunciadas.


La amnistía es una facultad del Legislativo, para que a través de una ley, en lo federal o en lo local según sea el caso, establezca disposiciones jurídicas que regulen la libertad de personas que hayan cometido un delito, previendo los sujetos que se podrán acoger a la medida y los procedimientos que se deberán de observar.


En estas fechas de las Fiestas Patrias, atendiendo a lo simbólico de los postulados de Miguel Hidalgo, de la abolición de la esclavitud, de la libertad de los que tenían la condición de esclavos, ahora el Presidente, desea que con la iniciativa se perdone a quienes han cometido delitos menores y que no han tenido medios de defensa idóneos.



2. INICIATIVA


Este es un tema de justicia, porque como se dice en la iniciativa, se trata de dejar en libertad a quienes habiendo realizado conductas tipificadas como delitos, pero de menor gravedad, no han tenido la oportunidad de contar con una defensa adecuada por su estado de pobreza e ignorancia.


Se hace alusión al Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía de 2019, en cual se dice que existe un gran número de personas privadas de libertad que han efectuado delitos menores; y que éstas, corresponden a grupos de alta vulnerabilidad social, como son mujeres, jóvenes e indígenas.


En el caso de las mujeres están aquéllas que tuvieron un aborto, las cuales obtendrán los beneficios, junto al personal médico involucrado.


También quienes hayan cometido delitos contra la salud, porque fueron obligados a transportar drogas, con amenazas contra su familia.


En el supuesto de los integrantes de los pueblos originarios, que están sujetos a prisión, en muchas ocasiones por falta de intérpretes o por una defensa apropiada.


Es una iniciativa de ley corta, en número de artículos, que suman ocho, pero que su impacto será positivo para miles de personas y de familias, y lo más importante, que se replicará en las entidades federativas.


Que sea bienvenida.

El Diccionario de la Real Academia Española, dice que amnistía viene de amnesia y significa el olvido legal de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores.


Las personas que hayan cometido delitos no graves, como son los que proceden de pueblos originarios, las mujeres que hayan abortado, quienes participaron en narcomenudeo y los que se encuentren en pobreza extrema, podrán ser sujetos de amnistía, si cumplen los extremos que indica la ley.


Esto será a nivel federal, de aprobarse la iniciativa presentada por el presidente López Obrador ante la Cámara de Diputados, y en un momento posterior, previos acuerdos con la Secretaría de Gobernación con los poderes legislativos locales, se elaborará la ley local, que atienda a los delitos del orden común, para cumplir con lo dispuesto por el artículo segundo transitorio de la propuesta.


Entonces, ya debe prepararse el Congreso del Estado de Sinaloa, con el inicio de los estudios pertinentes, para que a la brevedad, después de la expedición de la ley federal de amnistía, se analice la iniciativa que será presentada en el Estado, que atienda a lo regional, para que obtengan su libertad incondicional estas personas pertenecientes a los grupos vulnerables que se encuentren en las hipótesis descritas.



1. AMNISTÍA


El Diccionario de la Real Academia Española, dice que amnistía viene de amnesia y significa el olvido legal de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores.


Por su parte, el Diccionario Jurídico Mexicano, expresa que es un acto del Poder Legislativo que ordena el olvido oficial de una o varias categorías de delitos, aboliendo bien los procesos comenzados o que han de comenzarse, bien las condenas pronunciadas.


La amnistía es una facultad del Legislativo, para que a través de una ley, en lo federal o en lo local según sea el caso, establezca disposiciones jurídicas que regulen la libertad de personas que hayan cometido un delito, previendo los sujetos que se podrán acoger a la medida y los procedimientos que se deberán de observar.


En estas fechas de las Fiestas Patrias, atendiendo a lo simbólico de los postulados de Miguel Hidalgo, de la abolición de la esclavitud, de la libertad de los que tenían la condición de esclavos, ahora el Presidente, desea que con la iniciativa se perdone a quienes han cometido delitos menores y que no han tenido medios de defensa idóneos.



2. INICIATIVA


Este es un tema de justicia, porque como se dice en la iniciativa, se trata de dejar en libertad a quienes habiendo realizado conductas tipificadas como delitos, pero de menor gravedad, no han tenido la oportunidad de contar con una defensa adecuada por su estado de pobreza e ignorancia.


Se hace alusión al Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía de 2019, en cual se dice que existe un gran número de personas privadas de libertad que han efectuado delitos menores; y que éstas, corresponden a grupos de alta vulnerabilidad social, como son mujeres, jóvenes e indígenas.


En el caso de las mujeres están aquéllas que tuvieron un aborto, las cuales obtendrán los beneficios, junto al personal médico involucrado.


También quienes hayan cometido delitos contra la salud, porque fueron obligados a transportar drogas, con amenazas contra su familia.


En el supuesto de los integrantes de los pueblos originarios, que están sujetos a prisión, en muchas ocasiones por falta de intérpretes o por una defensa apropiada.


Es una iniciativa de ley corta, en número de artículos, que suman ocho, pero que su impacto será positivo para miles de personas y de familias, y lo más importante, que se replicará en las entidades federativas.


Que sea bienvenida.

El Diccionario de la Real Academia Española, dice que amnistía viene de amnesia y significa el olvido legal de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores.